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Se expide la ley general de educación Artículo 95 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se expide la ley general de educación
Artículo 95. Matrícula

La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada período académico.



Colombia Art. 95 Se expide la ley general de educación
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Los comentarios de los usuarios

buen día quisiera saber si yo matricule a mi hijo en un un colegio privado el 2 de marzo del 2020 y mi niño solo asistió a clase 15 días y por la emergencia del covid 19; yo decidí retirarla de la institución apenas se suspendieron las clases presenciales, puedo pedir que me devuelvan el valor que pague por matricula? teniendo en cuenta que solo asistió 15 días y que en el colegio solo firme la ficha de matricula y no firme nada mas. colaborenme por favor si hay alguna ley que ampare al colegio para no devolver o estoy en mi derecho de pedir devolución.

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