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Se organiza el servicio público de la Educación Superior Artículo 115 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/11/2025

Se organiza el servicio público de la Educación Superior
Artículo 115.

El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), será la entidad encargada de seleccionar los beneficiarios de las becas de cooperación internacional, becas de intercambio y las demás becas internacionales que se ofrezcan a los colombianos a través de las distintas entidades públicas del orden oficial. Se exceptúan del anterior régimen, las becas que las instituciones de Educación Superior obtengan en forma directa. Los representantes de las entidades que reciban las ofertas de becas internacionales estarán obligados a hacerlas llegar al Icetex.

El desconocimiento de esta norma será causal de destitución del funcionario.

Colombia Art. 115 Se organiza el servicio público de la Educación Superior
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  1. Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?

Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.


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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.

Feliz dia.


Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?


Como empleado, debo pagar preaviso de terminar mi vínculo laboral?


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