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Se reglamenta la profesión de Administrador Público Artículo 8o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Se reglamenta la profesión de Administrador Público
Artículo 8o. El ejercicio ilegal de la profesión de administrador público

Incurrirá en ejercicio ilegal de la profesión de Administrador Público y estará sometido a las sanciones señaladas para tal infracción:

a) Quien no siendo Administrador Público se anuncie o se haga pasar como tal u ofrezca servicios profesionales que requieren dicha calidad;

b) El Administrador Público que actúe como tal estando suspendido o excluido de la profesión; y,

c) El Administrador Público que intervenga no obstante la sent encia de una inhabilidad o incompatibilidad.

PARÁGRAFO 1o. El Funcionario Público que admita como empleado, asesor o consultor a quien no sea Administrador Público o tolere la actuación de quien no tenga esta calidad o que en cualquier forma facilite, autorice o patrocine el ejercicio ilegal de la profesión del Administrador Público, incurrirá en falta disciplinaria que será calificada y sancionada de acuerdo a la Ley 734, Código Unico Disciplinario.

PARÁGRAFO 2o. Cualquier persona podrá denunciar ante las autoridades competentes la infracción por ejercicio ilegal de la profesión de Administrador Público de que tenga conocimiento.

El Funcionario Público que tuviere conocimiento de una de ellas está en la obligación de denunciarla ante el juez competente y si es este quien por cualquier medio tiene noticia de la infracción, deberá iniciar de oficio el proceso correspondiente.

Colombia Art. 8o Se reglamenta la profesión de Administrador Público y se deroga la Ley 5ª de 1991
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Los 3 días que acá se indican en el párrafo sexto, tienen fundamento en lo indicado en el artículo 318, es decir es un recurso de reposición como el que allí se indica, en el que se deben alegar los problemas de forma de la demanda, para que el juez corrija su decisión de aceptarla como la aceptó.


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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cordial saludo

Me impusieron medida correctiva tipo 4 en junio del 2020, será que ya prescribió?


Hola, se te esta violando tu derecho fundamental que es la salud, la vida y la dignidad humana. Frente a este caso hay que realizar una Acción de Tutela. Mucha suerte


Este delito ocurre únicamente de manera dolosa, es decir que no se condena a quien ingresa o se mantiene dentro de un sistema por culpa o sin intención. Existen diversas modalidades de ejecución de este delito, como el uso de ingeniería social, software malicioso, phishing, vishing, smishing, explotación de vulnerabilidades, SIM swap etc. El Convenio de Budapest establece estándares para la protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas informáticos en el mundo y ha servido como marco para delimitar los elementos del tipo penal en Colombia.


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No confíen en este señor, después de recibir el pago no responde a llamadas ni mensajes, se aprovecha de la situación de las personas


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