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Que requisitos son necesarios para solicitar un exequatur en Colombia sobre una sentencia de divorcio en los Estados Unidos de un matrimonio realizado en Colombia. El interés de los divorciados es darle validez en Colombia a la sentencia de los Estados Unidos. Gracias
Código General del Proceso Artículo 607. Trámite del exequátur
Tengan muy buenas tardes, en la empresa donde laboro quieren colocar un turno 14 x 7, 14 día laborando turnos de 12 horas menos la hora del almuerzo y 7 días de descanso, ellos argumentan que no se genera horas extras por dicen ellos que cumple con los límites legales, eso es cierto?, o como deberían ellos liquidar dicho turno?.
Mi modo de ver la interpretación del art. 165 es que en esas dos semanas cada una con 77 horas de trabajo excede las 44 horas semanales que dice con la reforma y hay 33 horas que sería extras, estoy equivocado?, muchas gracias.
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 165. Trabajo por turnos
Deseo conocer la esencia del art. 2035
Código Civil Artículo 2035. Mora en el pago de la renta
Buenas tardes : señores abogados cámara de comercio ??porque en una sas no quedan registrados los socios en la camara de comercio? Cual seria la normatividad que me cobija para no quedar registrados.
Gracias.
Código de Comercio Artículo 195. Inscripción de reuniones en libro de actas y acciones
Sobre lo que indica este artículo 581, recordemos que el artículo 617 del mismo Código General del Proceso, ofrece la opción de realizar el trámite de levantamiento de patrimonio de familia y de autorización para enajenar bienes de los incapaces, ante notaría. Siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y no exista conflicto y bajo la vigilancia del ICBF. Si se encuentra algún problema, se deberá acudir al juzgado de familia.
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Código General del Proceso Artículo 581. Licencias o autorizaciones
Yo estaba siendo investigado desde el 2018 disciplinariamente y el proceso ya llevaba dos años y no había todavía fallo de primera instancia decidí renunciar a la prescripción de la acción disciplinaria y lo notifiqué formalmente al ente investigador, pasaron dos años como dice el artículo y les envie una solicitud de archivo por prescripción de la acción ya que los dos años pasaron y no hubo fallo de primera, la entidad pública no respondió pero en cambio un mes después me sancionó con destitución y inhabilidad por 10 años. En la
apelación a la segunda instancia se les hizo saber de la falla y que la prescripción se había vencido, pero en segunda instancia un año y medio después se ratificó del fallo de primera. Mi pregunta es si esto fue legal o podemos ver en este fallo un mal proceder del ente investigador ?? Gracias por lo que me puedan aportar el fallo de primara fue en el 2023 en noviembre y el de segunda en julio 2025
Código General Disciplinario Artículo 34. Renuncia a la prescripción
Buen dia,
Actualmente tengo un contrato vigente de obra labor por un año con una Empresa de servicios temporales el cual termina en unos dias. Es de aclarar que presto mis servicios para otra compañía, esta ultima quiere realizar un contrato directo con la compañia pero me indican que debo tomar 15 dias de "Vacaciones o tener un vacío Laboral "de por lo menos 15 dias, esto para adelantar gestiones del nuevo contrato, es legal? Puesto que son dos compañias diferentes y entiendo que hay una relación entre ellas pero eso no deberia afectar mi trabajo. De igual manera no quiero tomar los 15 dias de vacaciones por el año laborado en la temporal.
La compañia con la que voy a celebrar este nuevo contrato solo se ha manifestado de manera verbal con la continuación de la relación, pero desconfio del periodo de 15 dias, estos lineamientos estan debidamente regulados o deben estar presentes en politicas internas de la compañia para impedir que salga de la compañia los 15 dias
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 46. Contrato a termino fijo
Es obligatoria la publicación en cartelera de un acto administrativo o se puede puede suplir solo con la publicación en pagina web de la entidad que expide el acto? o se deben hacer ambas publicaciones de manera simultanea?
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Artículo 69. Notificación por aviso
Con fundamento en los artículos 1008 y 1155 del Código Civil, entre otros, en cabeza de los herederos del arrendador fallecido continúan las obligaciones del contrato de arriendo y de esta manera, los herederos deben respetar el contrato de arrendamiento vigente no obstante el arrendador fallezca, ya que está de por medio el derecho al trabajo o la vivienda de la persona arrendataria.
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Código Civil Artículo 2020. Respeto del arriendo por terceros
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 76. Definicion
La Corte Suprema de Justicia ha establecido una distinción crucial cuando la sentencia de segunda instancia impone la primera condena. En estos casos, el mecanismo de defensa no es el recurso de casación, sino la impugnación especial. Este recurso no debe cumplir la técnica del recurso de casación, sino la propia del recurso de apelación. Se considera un instrumento más garantista y menos restrictivo por tanto. Contra esa sentencia resultado de la impugnación especial, se podrá interponer el recurso extraordinario de casación. Hay que tener mucho cuidado en este punto entonces, pues un mal uso de la casación en estas situaciones, implica el rechazo de plano de este recurso y la pérdida del término para interponer la impugnación especial.
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Código de Procedimiento Penal Artículo 181. Procedencia
Sí, tienes derecho al pago del día del descanso obligatorio, toda vez que los días que faltaste fue porque estabas en vacaciones, es decir que tu ausencia fue con la autorización de tu empleador.
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 173. Remuneracion
¿Tengo derecho al descanso dominical si regreso de vacaciones a mitad de semana?
Si entro a trabajar un jueves después de estar de vacaciones, ¿tengo derecho al descanso dominical?
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 173. Remuneracion
buenas tardes el delito de lesiones culposas con agravante del art. 110 del c.p. por conducir bajo influjo de bebidas embriagantes, requiere de querella o si por el contrario el agravanta lo saca de los delitos querellables, y el solo acto urgente es suficiente para continuar con el ejercicio de la accion penal
Código Penal Artículo 110. Circunstancias de agravacion punitiva para el homicidio culposo
buenas tardes a todos los abogados.
fui funcionaria de planta en provisionalidad de una ESE, víctima de acoso laboral y hostigamiento desde el 2021 por razón de mis funciones sindicales, fueron tantas y tan fuertes las conductas de hostigamiento y acoso laboral que me llevaron a renunciar ya quehabia afectado mi entorno familiar y mi salud mental. la renuncia fue motivida argumentando las razones del hostigamiento y el acoso laboral. en el entendido que una renuncia obligada por el hostiagamiento y acoso laboral, constitye en despido sin justa causa, pero mi condición de funcionaria publica se sale del resorte de los jueces laborales, debo acudir al contencioso adminsitrativo, pero, ¿cuál medio de control es el mas idóneo en este caso particular de un despido sin justa causa? gracias.
Código Contencioso Administrativo
Acabo de leer el comentario de las personas que hablaban de las arras, en el caso de una compraventa de bien inmueble, por lo cual les puedo informar que en Colombia las arras reguladas claramente por el artículo 866, qué además de esto es de necesidad conocer si las arras se pactaron como retracto o penitenciales.
de igual forma es de conocer que para que esta condición se deben cumplirse dos condiciones básicas. La primera es que debe existir un incumplimiento real y atribuible al comprador. Esto quiere decir que no puede imputarse incumplimiento a una parte que actuando con diligencia y buena fe, no ha podido cumplir por causas externas que no le sean atribuibles directamente.
por lo tanto, el vendedor no puede apropiarse legítimamente de las arras, alegando incumplimiento a menos que en la cláusula de arras se haya establecido expresamente que el tiempo del trámite bancario no suspende los plazos, lo cual hace que valga la pena revisar.
Código de Comercio Artículo 866. Arras
Buenas noches, como estan. Estamos en un proceso de compra de un apto. Se hizo la clausula de arras. El negocio pactado se establecio, que el 80% valor del apto, se iba a tramitar un credito con banco, este tramite se ha demorado por parte de la politicas del banco, pero vamos dentro del proceso. La vendedora nos envio documento, indicando que habiamos incumplido y nos aplica las arras. De parte nuestra hemos cumplido con lo solicitado por el banco, pero hace falta que se confirmen unos examenes medicos para el seguro y de ahi desemboldo y firmas. Por ley, nos pueden aplicar las arras por incumplimiento? cuando el tiempo lo determina el banco, ese no lo podemos cintrolar nosotros. Agradezco la orientacion
Código de Comercio Artículo 866. Arras
Hola buenas tardes quisiera una sesoria sobre un pago q estaban haciendo de subsidio a mis padres x medio de la caja de compensacion . A mi papa y mama les llegaba dicho subsidio sin ser pensionado mi papa pero a penas llego la pension de mi padre la caja de compensacion siguio pagando el subsidio y ahora me quieren cobrar algo q yo no me gaste y q es culpa de ellos xq para eso el adress se actualiza y mas aun q quieren q yo pague lo q le depositaron a mi madre tambien cuando ella no recibe ninguna pension y a la fecha yo si aporto a la caja de compensacion x medio de me trabajo sin tener ningun tipo de beneficio.
Abogado ABOGADOS COLOMBIA Universidad Nacional
Mediante la tutela 350 de 2025 se reiteró el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a ser escuchados, en los trámites judiciales que directamente los impacten. Se señaló especialmente que la aprobación de los acuerdos sobre el régimen de visitas no debe ser un trámite meramente formal, sino que en ellos los funcionarios están llamados a tener en cuenta la opinión de los menores de edad y el impacto que las medidas puede generar a mediano y a largo plazo en la vida de ellos mismos.
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Código de la Infancia y la Adolescencia Artículo 111. Alimentos
En una organización sindical de primer grado, se realizó cambio de en los estatutos, respecto a la duración de los periodos de los representantes a Junta Directiva. Varios de ellos, cumplieron los periodos autorizados, (dos periodos) entre ellos presidente y fiscal. El día que se elegía nueva junta directiva, propusieron a la asamblea general la modificación de estatutos, para poder ser reelegidos otro periodo, sin más detalles. Se sometió a votación, y la asamblea aprobó este cambio, y se procedió a la inscripción inmediata de la plancha incluyendo los que ya habían cumplido los dos periodos y claramente sin registrar los cambios a los estatutos en el Ministerio de Trabajo. Es legal esta elección? Tiene efectos retroactivos los cambios aplicados a los estatutos sin que haya nulidad?
Código Sustantivo del Trabajo Artículo 370. Validez de la modificacion