Se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior (Se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior) Colombia
Se regula el funcionamiento de los consultorios jurídicos de las instituciones de educación superior
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Definición
- Artículo 3. Principios
- Artículo 4. Objetivos
- Artículo 5. Creación y Funcionamiento de Consultorios Jurídicos
- Artículo 6. Servicios de los Consultorios Jurídicos
- Artículo 7. Prestación del Servicio
- Artículo 8. Beneficiarios de los Servicios
- Artículo 9. Competencia general para la representación de Terceros
- Artículo 10. Continuidad en la prestación del servicio y la Representación de los usuarios
- Artículo 11. Amparo de pobreza
- Artículo 12. Auxilio Estudiantil de Transporte
- Artículo 13. Apoyos Tecnológicos
- Artículo 14. Retroalimentación de los Usuarios
- Artículo 15. Sistema de información sobre la gestión de los Consultorios jurídicos
- Artículo 16. El artículo 2º de la Ley 2039 de 2020 quedará así:...
- Artículo 17. Transición Normativa
- Artículo 18. No se efectuarán en materia de autorización y...
- Artículo 19. Vigencia
- Artículo 20. Derogatorias
Otras regulaciones
Se desarrollan parcialmente los artículos 272, 299 de la Constitución Se honra la memoria y obra política del ilustre colombiano Augusto Ramírez Moreno El servicio público de la educación superior en las modalidades de formación técnica profesional y tecnológica Se establece la tasa real de 0% de intereses en los créditos educativos otorgados por el Fondo Nacional de Ahorro Convenio entre la República de Colombia y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el PatrimonioMejores juristas
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..
Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
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