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Código Civil Artículo 1226 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/04/2025

Código Civil
Artículo 1226. Definicion y clases de asignaciones forzosas

Asignaciones forzosas son las que el testador está obligado a hacer, y que se suplen cuando no las ha hecho, aún con perjuicio de sus disposiciones testamentarias expresas.

Asignaciones forzosas son:

1. Los alimentos que se deben por la ley a ciertas personas.

2 La porción conyugal.

3 Las legítimas”.



Colombia Art. 1226 CC
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Los comentarios de los usuarios

La porción conyugal es un derecho que tiene la persona sobreviviente de una relación de pareja, cuando tras la muerte de su esposo(a) o compañero(a) permanente, no queda con lo necesario para subsistir o cuando lo que tiene (es decir sus bienes propios o los que le quedan de su sociedad conyugal) no es suficiente para mejorar su situación económica.


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