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Código Civil Artículo 1455 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil
Artículo 1455. Inexistencia de donacion por ausencia de incremento patrimonial

No hay donación si habiendo por una parte disminución de patrimonio, no hay por otra aumento; como cuando se da para un objeto que consume el importe de la cosa donada, y de que el donatario no reporta ninguna ventaja apreciable en dinero.

Colombia Art. 1455 CC
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Los comentarios de los usuarios

 Inexistencia de donacion por ausencia de incremento patrimonial, una explicacion!!!!

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