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C Cio Artículo 1229 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Comercio
Artículo 1229. Existencia de fideicomisario

La existencia del fideicomisario no es necesaria en el acto de constitución del fideicomiso, pero sí debe ser posible y realizarse dentro del término de duración del mismo, de modo que sus fines puedan tener pleno efecto.

Colombia Art. 1229 CCom, CDC, C Co
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Los comentarios de los usuarios

buenos días, tengo la presente situación estamos comprando un apartamento con mi esposa, en el año 2022 se firmó la promesa de compraventa, en donde mi esposa quedo como compradora con sociedad conyugal. siembre fuimos claros con la constructora, en decir que somos casados y que vamos a aplicar al subsidio de mi casa ya. Este año iniciamos los trámites para solicitar el crédito hipotecario, este fue aprobado a nombre de mi esposa de igual manera, se dijo al banco que éramos casados y vamos aplicar a mi casa ya. Es ahí donde la asesora del banco nos solicita copia de la promesa de compraventa y una vez revisada nos indican que en la promesa debo aparecer como comprador junto a mi esposa, la asesora no dice que, hasta tanto, no se ajuste el documento no podemos continuar el trámite de mi casa ya. nos acercamos a la constructora expusimos el caso y después de tanta insistencia incluyeron mi nombre como cónyuge en un otro sí que también ajustaba el valor del apartamento a salarios mínimos de este año. nuevamente en el banco se adjunta el otro si, allí nos indican que el documento no es válido por lo que se debe incluir al cónyuge como firmante comprador.

Luego, nos acercamos a la constructora para solicitar la inclusión de mi nombre como comprador, pero estos nos indican que debemos realizar un pago para poder ceder los derechos e incluirme en el encargo fiduciario. Es acá donde se nos empieza a complicar el trámite en la constructora porque, además que debemos realizar un pago nos exigen que la carta de aprobación del crédito hipotecario también debe salir a nombre de los dos. Nos fuimos al banco y allí nos indican que no hay inconveniente en que la aprobación este de mi esposa y que no es necesario realizar una nueva solicitud.

1 ¿la constructora me puede realizar algún cobro por la cesión de derechos, a pesar que desde un principio se indicó que éramos casados, y cuando lo que solicitamos es la inclusión de mi nombre en el encargo fiduciario y en el documento de compraventa; dicho documento como requisitos para la postulación al subsidio de mi casa ya exigido en el banco?

2 ¿la constructora puede exigir que la carta de aprobación del crédito debe aparecer a nombre del mi esposa y yo? ¿En verdad puede ser un requisito? ¿qué norma o ley me indica esta exigencia?

3 ¿el banco me puede exigir el documento de compraventa en que aparezcamos los dos como compradores y en encargo fiduciario?  ¿qué norma o ley me indica esta exigencia?

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