Código de Etica Profesional de Optometría (Código de Etica Profesional de Optometría) Colombia
Código de Etica Profesional de Optometría
- Artículo 1o. a) La optometría es una profesión de la salud que requiere...
- Artículo 2o. El presente código rige el ejercicio ético de la optometría
- Artículo 3o. De las relaciones del optómetra con el paciente
- Artículo 4o. Los servicios de optometría se fundamentan en la libre elección del optómetra por parte del paciente
- Artículo 5o. El optómetra respetará la libertad del paciente para prescindir...
- Artículo 6o. El optómetra debe informar al paciente de los riesgos, incertidumbres...
- Artículo 7o. La actitud del optómetra ante el paciente será siempre de...
- Artículo 8o. El optómetra mantendrá su consultorio con el decoro y la...
- Artículo 9o. El optómetra dedicará a su paciente el tiempo necesario para...
- Artículo 10. El optómetra está obligado a atender a cualquier persona que...
- Artículo 11. El optómetra deberá hacer las remisiones, interconsultas y...
- Artículo 12. El optómetra no deberá inmiscuirse en los asuntos privados del...
- Artículo 13. El optómetra se abstendrá de realizar en sus pacientes...
- Artículo 14. Siendo la retribución económica de los servicios profesionales...
- Artículo 15. Cuando quiera que se presenten diferencias entre el optómetra y el...
- Artículo 16. El optómetra deberá atender sin costo alguno, a aquellos...
- Artículo 17. El optómetra debe a sus colegas en la profesión el mayor respeto, consideración, lealtad, solidaridad y aprecio
- Artículo 18. El optómetra deberá atender con prontitud a los pacientes que...
- Artículo 19. El optómetra se concretará exclusivamente a la atención...
- Artículo 20. El optómetra debe acudir en ayuda de sus colegas que hayan tenido...
- Artículo 21. Todo disentimiento profesional irreconciliable entre optómetras,...
- Artículo 22. Es deber de todo optómetra informar por escrito, al Tribunal de Etica...
- Artículo 23. El optómetra, en su ejercicio profesional, debe abstenerse de realizar...
- Artículo 24. Las prescripciones del optómetra se harán por escrito, en...
- Artículo 25. La historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones...
- Artículo 26. El optómetra deberá abrir y conservar debidamente las historias...
- Artículo 27. Ningún optómetra permitirá que sus servicios...
- Artículo 28. La búsqueda o aceptación de cargos estará sujeta a las...
- Artículo 29. El optómetra cumplirá a cabalidad sus deberes profesionales y...
- Artículo 30. El optómetra que labore por cuenta de una entidad pública,...
- Artículo 31. El optómetra no aprovechará su vinculación con una...
- Artículo 32. Es contrario a la ética suministrar informes falsos o cargar...
- Artículo 33. El optómetra guardará por sus colegas y personal auxiliar...
- Artículo 34. El optómetra deberá siempre respetar las otras profesiones.
- Artículo 35. El optómetra deberá abstenerse de hacer comparaciones entre...
- Artículo 36. El optómetra deberá buscar siempre la armonía y la...
- Artículo 37. El optómetra deberá siempre buscar y aceptar la...
- Artículo 38. Cuando un optómetra considere que otros profesionales u otras personas...
- Artículo 39. Es obligatoria la enseñanza de la ética optométrica en...
- Artículo 40. El optómetra deberá fomentar las medidas que beneficien la...
- Artículo 41. Por cuanto toda agremiación procura con la unión, la fuerza...
- Artículo 42. El optómetra colaborará con las entidades gubernamentales en...
- Artículo 43. El optómetra está obligado a ceñirse en su ejercicio...
- Artículo 44. El optómetra será miembro activo de la sociedad, apoyando todas...
- Artículo 45. Es deber del optómetra colaborar en la preparación de futuras...
- Artículo 46. La vinculación del optómetra a las actividades docentes implica...
- Artículo 47. El optómetra podrá ser auxiliar de la justicia en los casos que...
- Artículo 48. El optómetra, como profesional de la salud, tiene la responsabilidad...
- Artículo 49. La publicidad de los servicios profesionales del optómetra, por...
- Artículo 50. El optómetra no auspiciará en ninguna forma la...
- Artículo 51. El optómetra, en los aspectos investigativos y científicos, se...
- Artículo 52. Incurre en faltas comunes contra la ética profesional, el...
- Artículo 53. A juicio del tribunal ético profesional tomando como parámetros...
- Artículo 54. Las sanciones se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad, las...
- Artículo 55. Las sanciones consistentes en censura pública, suspensión...
- Artículo 56. Créase el Tribunal Nacional de Etica Optométrica con sede en la...
- Artículo 57. El Tribunal de Etica Optométrica estará integrado por cinco (5)...
- Artículo 58. Para ser miembro del Tribunal Nacional de Etica Optométrica se...
- Artículo 59. Los Miembros del Tribunal Nacional de Etica Optométrica serán...
- Artículo 60. Son atribuciones del Tribunal Nacional de Etica Optométrica: 1....
- Artículo 61. Ningún miembro podrá emitir conceptos o dar opiniones que...
- Artículo 62. Las faltas que se imputen a los Miembros del Tribunal Nacional mientras...
- Artículo 63. En cada departamento o región y en el Distrito Capital de...
- Artículo 64. El Tribunal Seccional de Etica Optométrica estará integrado por...
- Artículo 65. Para ser Miembro del Tribunal Seccional de Etica Optométrica, se...
- Artículo 66. Los Miembros de los Tribunales Seccionales de Etica Optométrica...
- Artículo 67. Son funciones del los Tribunales Seccionales de Etica Optométrica:...
- Artículo 68. Las faltas que se imputen a los Miembros del Tribunal Seccional mientras...
- Artículo 69. Para la integración del Tribunal de Etica Optométrica se...
- Artículo 70. Los Tribunales de Etica Optométrica, en ejercicio de las atribuciones...
- Artículo 71. El artículo 8o. de la Ley 372 de 1997 quedará así:...
- Artículo 72. El optómetra sometido a proceso ético disciplinario será...
- Artículo 73. El proceso disciplinario ético profesional tiene por objeto determinar...
- Artículo 74. En caso de duda sobre la procedencia de la iniciación del proceso, el...
- Artículo 75. El Tribunal se abstendrá de abrir investigación formal cuando...
- Artículo 76. La investigación o instrucción formal, adelantada por el...
- Artículo 77. Formulados los cargos contra el profesional investigado, debe procederse a su...
- Artículo 78. Si con los descargos se solicitare la práctica de pruebas, o si el...
- Artículo 79. Presentados los descargos, practicadas las pruebas decretadas de oficio o a...
- Artículo 80. El fallo será absolutorio o sancionatorio. No se podrá dictar...
- Artículo 81. Contra las decisiones disciplinarias proceden los recursos de...
- Artículo 82. Los, fallos deben notificarse personalmente al profesional implicado o a su...
- Artículo 83. Recibido el proceso por el Tribunal Nacional será repartido y el...
- Artículo 84. Son causales de nulidad del proceso ético: - La incompetencia del...
- Artículo 85. La acción disciplinaria ético optométrica prescribe en...
- Artículo 86. En lo no previsto en la presente ley, se aplicarán las normas...
- Artículo 87. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación, modifica...
Otras regulaciones
Código Sanitario Nacional Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Código Disciplinario Único Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente Código de MinasMejores juristas





Buenas en mi caso tome la decisión de evadirme del batallón pasaron los 5 días Avilés para presentarme se dieron los meses y comense a investigar sobre el delito cometido una ves ya indagado en la página militar me aparece que estoy incorporado en otro batallón llame al jusgado de la brigada a la que estaba proscripto y me disen que no an tomado las declaraciones de los comandantes ¿ Que puedo Aser para acelerar el proceso ?
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Buenos días, según comprendo el predio que usted adquirió es objeto de un proceso de pertenencia por parte de un tercero. Existen algunas opciones para tener en cuenta, la primera es rescindir o dejar sin efectos la compraventa ya que se desconocía de que el inmueble se encotnraba con dicha situación, demostrando que ese era un vicio oculto. La segunda opción, hacerse parte del proceso de pertenencia tanto vendedor como comprador, demostrando que se ejerciero actos de señor y dueño sobre el predio y desvirtuar las pretenciones que por parte del presunto poseedor se hagan en dicho proceso.
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en las carretera rurales donde no existen lineas cortadas, y los trayectos de doble linea amarilla son muy extensos y se requiere adelantar por ejemplo vehiculo de carga que va a muy baja velocidad, ejemplo 10,20 kilometros por hora, y se necesita llegar con urgencia a una diligencia.....como adelantamos.....caso especial bus de pasajeros.......
Compré predio ya con demanda de pertenencia que hago?
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