CPACA Artículo 172 Colombia
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 172. Traslado de la demanda
De la demanda se correrá traslado al demandado, al Ministerio Público y a los sujetos que, según la demanda o las actuaciones acusadas, tengan interés directo en el resultado del proceso, por el término de treinta (30) días, plazo que comenzará a correr de conformidad con lo previsto en los artículos 199 y 200 de este Código y dentro del cual deberán contestar la demanda, proponer excepciones, solicitar pruebas, llamar en garantía, y en su caso, presentar demanda de reconvención.
Colombia Art. 172 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Mejores juristas





Se puede impgnar un comparendo que impusieron por tener el certificado bomberil vencido en 31 de dic 2022 en eun establecimiento
Buenas Tardes
si mi turno de trabajo es 14 dias y descanso 7 dias, los domingo a que valor me los debes cancelar, o se deben cancelar a algún porcentaje diferente a los días de semana.
El artículo 1325 del código civil habla de la reivindicación de la herencia, al respecto es bueno diferenciar entre la reivindicación de herencia y la acción de petición de herencia, ya que en la reivindicación la posesión la tiene un tercero y no un heredero. Adicionalmente es necesario indicar que en la petición de herencia el heredero puede reclamar las cosas corporales y las incorporales, en la reivindicación de la herencia solo puede reclamar los bienes corporales (art 947 del cod civil)
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
Atendemos a nivel nacional. Consulte por WhatsApp. Civil, familia, penal, comercial, laboral, propiedad horizontal, administrativo.
Que pasa si los denunciantes no aparecen más a ninguna audiencia?
Buenas tardes, tuve un accidente yendo a mi trabajo donde me lesiones las piernas y tenia reposo, lo cual la empresa me facilito un computador para trabajar desde casa por 1 mes, solo pasaron 8 dias y un dia trabajando el computador se apago y no encendio mas, hice lo debido reportar la falla e inmediatamente se llevaron el computador. 20 dias despues me notifican que el computador no pasaba como garantia porque segun reviso el tecnico proveedor de los equipos en este caso Lenovo, e indico que no aplicaba garantia porque se habia derramado cafe y yo debia pagar eso haciendome descuento de nomina, el costo es 3 veces mas de lo que cuesta un portatil nuevo y no estoy de acuerdo, primero porque no derrame nada en el equipo, segundo me parece una cantidad exagerada de dinero. Que puedo hacer en este caso? quiero renunciar pero no se si me retengan mi liquidacion o me afecten mi nomina injustamente.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios