Código Disciplinario Único Artículo 29 Colombia
Derogado
Código Disciplinario Único
Artículo 29. Causales de extinción de la acción disciplinaria
Son causales de extinción de la acción disciplinaria las siguientes:1. La muerte del investigado.
2. La prescripción de la acción disciplinaria.
PARÁGRAFO. El desistimiento del quejoso no extingue la acción disciplinaria.
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA.
Colombia Art. 29 CDU
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
25/06/23 21:56:18
des pues del fallo de primera instancia en un proceso disciplinario y el proceso cumple los cinco años. y no se resuelve la apelación del fallo el proceso prescribe
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