CNTT Artículo 143 Colombia
Código Nacional de Tránsito Terrestre
Artículo 143. Daños materiales
En caso de daños materiales en los que sólo resulten afectados vehículos, inmuebles, cosas o animales y no se produzcan lesiones personales, será obligación de los conductores detenerse y presentar a la autoridad presente en el lugar de los hechos, el documento de identificación, la licencia de conducción, la licencia de tránsito, la información sobre su domicilio, residencia y números telefónicos y sobre los seguros a que se refiere esta ley.Los conductores y demás implicados podrán conciliar sus intereses en los centros de conciliación legalmente constituidos y acudir a las compañías aseguradoras, previa extensión de un acta que suscribirán las partes y la autoridad de tránsito que presencie la conciliación, la cual tiene la calidad de cosa juzgada, y prestará mérito ejecutivo.
En todo caso, se hará el retiro inmediato de los vehículos colisionados y de todo elemento que pueda interrumpir el tránsito.
Colombia Art. 143 CNT Ley 769 de 2002
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JORGE IVAN POSADA
Una empresa debe entregar o no desprendibles de pago.? Para el caso, la empresa nunca los entregó, tan solo hasta cuando se termino el contrato y termine reclamandaolos. La información al respecto de pago, deducciones por salud, entre otros no se reflejan en unos documetos ehtregados en formato excel. No hay claridad si se cuplio o no con los pagos de ley. Que se debe hacer en este caso.?
Sobre lo indicado en el Artículo 1045 del Código Civil, es bueno recordar que en Colombia los hijos/as de crianza (es decir, las personas que son acogidas como parte de una familia que no era su familia de sangre o adoptiva) pueden heredar igual que cualquier otro hijo/hija biológico o por adopción legal. Para probar que existe familia de crianza se debe demostrar que de manera voluntaria el padre y/o madre decidió tratar como su hijo/a a esa persona, se debe demostrar que la relación con sus padres biológicos es inexistente o muy precaria y se debe demostrar que entre los padres de crianza y su hija/o de crianza ha existido públicamente un trato como familia por un tiempo suficiente, como para que las personas crean que es su verdadero hijo/a biológico.
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En los contratos demandados que pasa si el nombre es equivocado,?
Así hay muchos con esto mire la notaría del playón .eso es un desorden . cualquiera saca papeles como si la notaría las leyes ..como fueran
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