Código Penal Artículo 82 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/03/2026
Código Penal
Artículo 82. Extincion de la accion penal
Son causales de extinción de la acción penal: 1. La muerte del procesado.
2. El desistimiento.
3. La amnistía propia.
4. La prescripción.
5. La oblación.
6. El pago en los casos previstos en la ley.
7. La indemnización integral en los casos previstos en la ley.
8. La retractación en los casos previstos en la ley.
9. Las demás que consagre la ley.
Colombia Art. 82 CP
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
04/04/24 09:11:17
Buena tarde. El numeral 7 del artículo 82 de la ley 599 de 2000, puede aplicarse para una estafa agravada en masa. Cual antecedente jurisprudencial vigente me recomiendan para un caso así.
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