Imprimir

CST Artículo 17 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 17. Organos de control

La vigilancia del cumplimiento de las disposiciones sociales está encomendada a las autoridades administrativas del Trabajo.



Colombia Art. 17 Código Sustantivo del Trabajo
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...15 16 17 18 19 ...492

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

acoso laboral

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse