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Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo Artículo 9 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/07/2025

Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo
Artículo 9.



1. La autoridad competente deberá prever todas las medidas necesarias, incluso el establecimiento de sanciones apropiadas, para asegurar la aplicación efectiva de las disposiciones del presente Convenio.

2. La legislación nacional o la autoridad competente deberán determinar las personas responsables del cumplimiento de las disposiciones que den efecto al presente Convenio.

3. La legislación nacional o la autoridad competente prescribirá los registros u otros documentos que el empleador deberá llevar y tener a disposición de la autoridad competente. Estos registros deberán indicar el nombre y apellidos y la edad o fecha de nacimiento, debidamente certificados siempre que sea posible, de todas las personas menores de dieciocho años empleadas por él o que trabajen para él.

Colombia Art. 9 Se aprueba el Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión de Empleo, adoptada por la 58a. Reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra, Suiza, el veintiséis (26) de junio de mil novecientos setenta y tres (1973)
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A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?


Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”


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ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??


Esto es un tema de derecho constructivo, por favor contáctanos al 324 6064034 y te explicamos como puedes evitar que tu vecino incurra en una transgresión de normas de derecho constructivo


en numeral 7 por que no adicionaron, funciones en la certificación laboral


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