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Se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia Artículo 22 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia
Artículo 22. Consejo nacional de mitigación del desempleo

Créase el Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo, el cual estará integrado por el Ministro del Trabajo o su delegado, el Ministro de Hacienda o su delegado, el Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, un representante de los empresarios y un representante de los trabajadores.

El Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo tendrá como funciones:

a) La fijación de la estructura de comisiones por la labor administrativa de las Cajas de Compensación Familiar con el Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante;

b) Establecer los criterios de gestión y conocer y hacer seguimiento a los resultados obtenidos por el Fondo Solidario de Fomento al Empleo y Protección al Cesante;

c) Establecer los criterios de gestión y conocer y hacer seguimiento a los resultados del Servicio Público de empleo;

d) Hacer recomendaciones de política en materia de protección al cesante;

e) Hacer recomendaciones al Gobierno Nacional sobre políticas laborales en general;

f) Realizar estudios periódicos que permitan evaluar la sostenibilidad del Mecanismo de Protección al Cesante, en especial del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante;

g) Establecer los lineamientos sobre los Sistemas de Información y Reporte del Desempleo;

h) Establecer lineamientos de seguimiento y evaluación periódica al mecanismo de protección al cesante y proponer, en caso de ser necesarios ajustes al mismo.

El Consejo Nacional de Mitigación del Desempleo, definirá quién hará las veces de Secretaría Técnica y se dictará su propio reglamento.

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Los 3 días que acá se indican en el párrafo sexto, tienen fundamento en lo indicado en el artículo 318, es decir es un recurso de reposición como el que allí se indica, en el que se deben alegar los problemas de forma de la demanda, para que el juez corrija su decisión de aceptarla como la aceptó.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Cordial saludo

Me impusieron medida correctiva tipo 4 en junio del 2020, será que ya prescribió?


Hola, se te esta violando tu derecho fundamental que es la salud, la vida y la dignidad humana. Frente a este caso hay que realizar una Acción de Tutela. Mucha suerte


Este delito ocurre únicamente de manera dolosa, es decir que no se condena a quien ingresa o se mantiene dentro de un sistema por culpa o sin intención. Existen diversas modalidades de ejecución de este delito, como el uso de ingeniería social, software malicioso, phishing, vishing, smishing, explotación de vulnerabilidades, SIM swap etc. El Convenio de Budapest establece estándares para la protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas informáticos en el mundo y ha servido como marco para delimitar los elementos del tipo penal en Colombia.


Email: [email protected]

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No confíen en este señor, después de recibir el pago no responde a llamadas ni mensajes, se aprovecha de la situación de las personas


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