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Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 2026 Artículo 79 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/03/2026

Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 2026
Artículo 79. Implementación de la Metodología de Trazadores Presupuestales

Durante la vigencia 2026, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público darán a conocer la metodología para la creación e implementación de trazadores que permitan la marcación de partidas presupuesta les de inversión y funcionamiento del Presupuesto General de la Nación de que trata el artículo 361 del Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, que servirá de base para las nuevas propuestas que se formulen sobre la materia a partir de la vigencia 2027. Para que sean consideradas para la vigencia 2027 las iniciativas deben contar con la viabilidad de estas entidades y soporte en el sistema de información que se determine a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2026.   

Los trazadores presupuestales de que tratan los artículos 220 y 221 de la Ley 1955 de 2019 continuarán funcionando en los términos allí establecidos durante 2026 así como los ordenados en fallos judiciales.   

Como parte de los lineamientos para la programación presupuestal 2026 el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público darán a conocer los ajustes requeridos para armonizar el proceso, registro y reporte consistente con la metodología de implementación de trazadores presupuestales de que trata el artículo 361 del Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”. 



Colombia Art. 79 se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2026
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Sobre lo indicado en este art 10 del Código de Comercio, para que una actividad sea considerada profesional, no basta con que sea habitual; debe ser económicamente significativa para la persona. La actividad comercial debe constituir o representar la fuente principal y permanente de los recursos económicos para la persona que la ejerce. El ejercicio profesional implica que la actividad comercial le sirva a la persona como medio de vida. Por lo tanto, si una persona realiza actos de comercio de manera recurrente pero estos no constituyen su principal sustento económico, podría no ser considerada comerciante.


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Si yo pago los 2 años de alimentos la madre se los puede gastar un un carro o una casa o cuando el menor cumpla los 18 años me devuelven la plata


En el punto d) que dice 6 horas diarias y 36 horas a la semana hace referencia también a 36 horas semanales promedio o promedio por ciclos (turnos 28/7)?


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