Se expide el Estatuto Disciplinario Policial Artículo 28 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/03/2024
Se expide el Estatuto Disciplinario Policial
Artículo 28. Especialidad
En desarrollo de los postulados constitucionales, a los destinatarios de la presente ley les serán aplicables las faltas y sanciones de que trata este estatuto disciplinario y subsidiariamente las faltas aplicables a los demás servidores públicos que sean procedentes.
Colombia Art. 28 Se expide el Estatuto Disciplinario Policial
Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalTeléfono
Сomentarios: 13
En los últimos 30 días
WORK-ABG 3043915730
Duración total
Johanna Pinto
Duración total
Asesoría jurídica Daniel
Santander
Duración total
Norman Agudelo
Teléfonos
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios