Imprimir

Se regula el trabajo en casa Artículo 9 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Se regula el trabajo en casa
Artículo 9. Procedimientos necesarios para la implementación del Trabajo en Casa

Previo a la implementación del trabajo en casa, toda empresa y entidad pública o privada deberá contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho y garantizar a través de las capacitaciones a que haya lugar el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación - TIC o cualquier otro tipo de elemento utilizado que pueda generar alguna limitación al mismo.

Para dar inicio a esta habilitación, el empleador deberá notificar por escrito a sus trabajadores acerca de la habilitación de trabajo en casa, y en dicha comunicación, se indicará el periodo de tiempo que el trabajador estará laborando bajo esta habilitación. 



Colombia Art. 9 Se regula el trabajo en casa
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1 ...7 8 9 10 11 ...16

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Saludos.

  1. ¿Se le puede habilitar el trabajo en casa a un Gobernador o Alcalde?.
  2. ¿Quien les habilita respectivamente el trabajo en casa a un Gobernador o Alcalde?.
  3. ¿El procedimiento para habilitar el trabajo en casa, se debe establecer mediante un protocolo o acto administrativo?.

Agradecido de su atención y pronta respuesta, me despido.

Un abrazo.

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse