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Se regula el trabajo en casa Artículo 9 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se regula el trabajo en casa
Artículo 9. Procedimientos necesarios para la implementación del Trabajo en Casa

Previo a la implementación del trabajo en casa, toda empresa y entidad pública o privada deberá contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho y garantizar a través de las capacitaciones a que haya lugar el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación - TIC o cualquier otro tipo de elemento utilizado que pueda generar alguna limitación al mismo.

Para dar inicio a esta habilitación, el empleador deberá notificar por escrito a sus trabajadores acerca de la habilitación de trabajo en casa, y en dicha comunicación, se indicará el periodo de tiempo que el trabajador estará laborando bajo esta habilitación. 



Colombia Art. 9 Se regula el trabajo en casa
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Los comentarios de los usuarios

Saludos.

  1. ¿Se le puede habilitar el trabajo en casa a un Gobernador o Alcalde?.
  2. ¿Quien les habilita respectivamente el trabajo en casa a un Gobernador o Alcalde?.
  3. ¿El procedimiento para habilitar el trabajo en casa, se debe establecer mediante un protocolo o acto administrativo?.

Agradecido de su atención y pronta respuesta, me despido.

Un abrazo.

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