Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular (Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argeli) Colombia
Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular
- Artículo 1o. Los intercambios comerciales entre los operadores económicos de la...
- Artículo 2o. Los productos intercambiados entre los operadores económicos de los...
- Artículo 3o. Las partes se concederán mutuamente el tratamiento de la...
- Artículo 4o. Sin embargo, las disposiciones del artículo 3o. no se aplicarán...
- Artículo 5o. Las importaciones y las exportaciones de los bienes y servicios se...
- Artículo 6o. Los pagos inherentes a los contratos concluidos, utilizando como marco el...
- Artículo 7o. La admisión en el territorio de una de las partes de las...
- Artículo 8o. Las partes fomentarán la colocación de instrumentos de...
- Artículo 9o. Las dos partes autorizarán, de acuerdo con las leyes y reglamentos...
- Artículo 10. Las dos partes tomarán las medidas necesarias para asegurar una...
- Artículo 11. Las dos partes se esforzarán de fomentar dentro del marco de las leyes...
- Artículo 12. Las exportaciones e importaciones de bienes y servicios entre las personas...
- Artículo 13. Las disposiciones del presente acuerdo no podrán ser objeto de una...
- Artículo 14. Las dos partes se esforzarán de arreglar amistosamente los litigios...
- Artículo 15. Se constituirá, entre las dos partes, un comité mixto para los...
- Artículo 16. El presente acuerdo entrará en vigencia en la fecha de la...
- Artículo 17. A partir de su vigencia, el presente acuerdo anula y reemplaza las...
- Artículo 18. En el momento de la expiración del presente acuerdo, sus disposiciones...
Otras regulaciones
Se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias Interés social, cultural y deportivo el Festival de Verano de Bogotá Se regula la inclusión de la economía del cuidado en el sistema de cuentas nacionales con el objeto de medir la contribución de la mujer Normas en materia de protección de la competencia Se establece la licencia por luto para los servidores públicosMejores juristas





LA NUEVA REFORMA en el CPACA: LEY 2080 DE 2021.
DICTAMEN PERICIAL SOLICITADO POR LAS PARTES:
i) Practica y Contradicción: En lo no previsto por el CPACA, se regulará por las normas del dictamen Pericial Decretado de Oficio del Código General del Proceso.
ii) Designación del Perito: …” Las listas de auxiliares de la justicia serán obligatorias para magistrados, jueces…” (Art. 48 C.G.P)
iii) Cuestionario: Se señalará al perito el cuestionario que debe resolver, conforme con la petición del solicitante de la prueba.
Dirección: Av el Dorado 68C 61 El salitre Bogotá
Email: servicioalcliente@experticiasyconsultorias.com
Sitio web: https://www.experticiasyconsultorias.com/index.html#services
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Hola buenas tardes, compré un predio y en el se encuentra instalada una servidumbre (antena de EPM) solicité la indennizacion y dicen que la servidumbre estaba antes de ellos administrar la antena establecida, ellos no tienen titulo ni negociaron con el anterior propietario, según la ley 142 tengo el derecho de hacer a una indenización. espero una ayuda a está solicitud.
Estoy contratada con el estado desde el 20 de enero de 2021, y tengo un comparendo en proceso con la fecha 04-05-2020, soy una OPS. que debo hacer para solucionarlo,
Buen dia, en agosto de 2011 adquirí un lote rural mediante escritura publica debidamente registrada, en la que dice: "Todos los derechos y acciones reales y personales que los vendedores tienen y le puedan corresponder en la suceción de XXXXX, en su condición de ser vendedora, cesionaria de hija legitima de la causante,condición de la cual responde, pero vincula y expresa unicamente en: un lote XXXX...".
El avaluo del lote segun el impuesto predial de 2021 es menor a un salario minimo. Me dicen que por la cuantia la demanda no necesita presentarse mediante apoderado, es verdad?, a quien debo demandar?, que demanda debo instaurar para que me escrituren en calidad de titular y propietario de la tierra?.
Hola, buenas tardes. En un caso de acuerdo de tenencia se pacta la visita , por parte del progenitor masculino, de forma amplia, pero ma progenitora femenina se traslada de departamento con el menor hijo de ambos, no permitiéndole al padre la comunicación telefónica aludiendo que su teléfono es personal y si no es su voluntad , puede negarse a facilitarlo para la comunicación por este medio de un padre con su pequeño de 5 años. La pregunta es y teniendo en cuenta los tiempos judiciales para cualquier tipo de nota ¿ Hay algún artículo en la ley que contemple al menor en contexto con el vínculo con su progenitor masculino, que de urgencia intime a la progenitora femenina a permitir que padre e hijo puedan comunicarse telefónicamente , teniendo en cuenta que hay kilómetros de distancia entre ellos situación que está desteullendo dicho vínculo, puesto que el progenitor no puede viajar a verlo más de una vez al mes por motivos económicos?
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