Se aprueba la Convención sobre la prohibición del empleo, Almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, hecha en Oslo el dieciocho (18) de septiembre de mil novecientos noventa y siete (1997) (Convención sobre la prohibición del empleo, Almacenamiento, producción y transferencia de minas anti) Colombia
Convención sobre la prohibición del empleo, Almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción
- Artículo 1o. Obligaciones generales
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Excepciones
- Artículo 4o. Destrucción de las existencias de minas antipersonal
- Artículo 5o. Destrucción de minas antipersonal colocadas en las zonas minadas
- Artículo 6o. Cooperación y asistencia internacionales
- Artículo 7o. Medidas de transparencia
- Artículo 8o. Facilitación y aclaración de cumplimiento
- Artículo 9o. Medidas de aplicación a nivel nacional
- Artículo 10. Solución de controversias
- Artículo 11. Reuniones de los estados parte
- Artículo 12. Conferencias de examen
- Artículo 13. Enmiendas
- Artículo 14. Costes
- Artículo 15. Firma
- Artículo 16. Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión
- Artículo 17. Entrada en vigor
- Artículo 18. Aplicación provisional
- Artículo 19. Reservas
- Artículo 20. Duración y denuncia
- Artículo 21. Depositario
- Artículo 22. Textos auténticos
Otras regulaciones
La Nación rinde homenaje al municipio de Bugalagrande Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana Se expide el Régimen de Carrera y Estatuto del Personal de Soldados Profesionales de las Fuerzas Militares Medidas Sanitarias Se organiza el Sistema Nacional de DiscapacidadMejores juristas
Buenos días, trabajo desde el 2008 a termino fijo de un año, nunca hubo cortes en mi contrato la continuidad fue siempre a la fecha de hoy, la empresa pasa por ciertas irregularidades contractuales de personal y de intereses políticos de puestos por compromisos.
Se nos cumplió la finalización del contrato el día 30 de abril y el 1 de mayo nos notificaron verbalmente que nuestro contrato sería renovado pero no hubo formalización por escrito como los anteriores, a un compañero un día después le despidieron ya habiendo laborado día y medio, esto es legal? Tendría que indemnizar? Por tener contrato continuos sin cortes desde el 2008 se puede convertir en indefinido? Podríamos tener derecho a indemnización? Si nos obligan a trabajar con disponibilidad 24/7 tendrían que pagarnos las horas que disponemos y que no podemos utilizar como descanso ni para disfrutar tiempo familiar?
¿Cuáles son los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato de cuentas en participación? y ¿Cuál es la clasificación de este contrato en la legislación colombiana?
Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?
Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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- Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.
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