CPC Artículo 368 Colombia
Codigo de Procedimiento Civil
Artículo 368. Causales
<Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012. Rige a partir del 1o. de enero de 2014, en los términos del numeral 6) del artículo 627> <Artículo modificado por el artículo 1, numeral 183 del Decreto 2282 de 1989. El nuevo texto es el siguiente:> Son causales de casación:
1. Ser la sentencia violatoria de una norma de derecho sustancial.
La violación de norma de derecho sustancial, puede ocurrir también como consecuencia de error de derecho por violación de una norma probatoria, o por error de hecho manifiesto en la apreciación de la demanda, de su contestación o de determinada prueba.
2. No estar la sentencia en consonancia con los hechos, con las pretensiones de la demanda, o con las excepciones propuestas por el demandado o que el juez ha debido reconocer de oficio.
3. Contener la sentencia en su parte resolutiva declaraciones o disposiciones contradictorias.
4. Contener la sentencia decisiones que hagan más gravosa la situación de la parte que apeló o la de aquélla para cuya protección se surtió la consulta siempre que la otra no haya apelado ni adherido a la apelación, salvo lo dispuesto en el inciso final del artículo 357.
5. Haberse incurrido en alguna de las causales de nulidad consagradas en el artículo 140, siempre que no se hubiere saneado.
Colombia Art. 368 Codigo de Procedimiento Civil
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De acuerdo al artículo 157inciso 3º de la Ley 906 de 2004, los treinta (30) días mencionados en este artículo 106 se contabilizan en días hábiles, ya que se trata de un asunto propio del juez de conocimiento. Esto por la necesidad de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación integral, asegurando un tiempo suficiente para un proceso justo y efectivo.
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Segun el númeral 9 del artículo 125 del Codigo de Procedimineto Penal, quienes son los técnicos e investigadores autorizados por la ley?
El artículo 476 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajador puede exigir su reintegro o el reconocimiento y pago de los perjuicios causados con el despido injusto, por lo tanto, la decisión recae en el trabajador, no en el empleador ni en el juez, salvo en situaciones específicas donde la convención colectiva dispongan lo contrario.
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Recordemos que según el Decreto 0500 de 2024, se declaró el tercer viernes de abril de cada año como el "Día Cívico de la Paz con la Naturaleza", en reconocimiento a la protección de los recursos naturales. Este día será considerado no hábil laboralmente, lo que implica la suspensión de actividades laborales y de atención al público en entidades públicas del orden nacional
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En el caso de que yo trabaje las 46 horas ordinarias de lunes a sábado, el día domingo todas las horas serian extras con recargo de 100% y no de 75%, el recargo de 75% solo se haría cuando es hora ordinaria, es decir que haga parte de las horas establecidas por ley semanales, por ejemplo un festivo entre semana
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