Código Civil Artículo 1135 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/09/2026
Código Civil
Artículo 1135. Condiciones relativas a un matrimonio determinado y a la profesion
La condición de casarse o no casarse con una persona determinada, y la de abrazar un estado o profesión cualquiera, permitida por las leyes, aunque sea incompatible con el estado de matrimonio, valdrán. Colombia Art. 1135 CC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
25/08/21 12:20:19
Buen dia pregunto, persona q adquire unas acciones y derechos hereditarios y no los eleba a escritura publica, estando casado, y fallese su conyugue, una hija vende su dereccho y el q compra levanta la sucecion de la fallecida.Elsobreviviente vende estas acciones.pregunto, ala conyugue le corresponde el50% de estas acciones. Gracias
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