Imprimir

Código Civil Artículo 1772 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Civil
Artículo 1772. Formalidades de las capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales se otorgarán por escritura pública; pero cuando no ascienden a mas de mil pesos los bienes aportados al matrimonio por ambos esposos juntamente, y en las capitulaciones matrimoniales no se constituyen derechos sobre bienes raíces, bastará que consten en escritura privada, firmada por las partes y por tres testigos domiciliados en el territorio. De otra manera no valdrán.

Colombia Art. 1772 CC
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...1770 1771 1772 1773 1774 ...2684

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Buenas dias, se entiende que sobre los inmuebles no se suscribe capitulaciones matrimoniales porque estos ya están denunciados en escritura pública. Porque el código no ha sido actualizado con relación a los tres testigos para su validez siendo que con dicho instrumento público ya es suficiente? De la misma manera porque el valor para los bienes muebles aparecen en la irrisoria suma de 1000 pesos? Siendo que hoy usamos las cuantías para definir la competencia del Juez, o para el pago de los gastos notariales, beneficencia y registro?

0   0

Cordial saludo

Ante su pregunta: las capitulaciones se pueden hacer en documento privado y solo autenticar?

me explico sin elevarla a escritura publica.

Respondemos: la única excepción es que no ascienda al valor el valor indicado en el presente articulo, en dado caso siempre debe pasar a escritura publica.

CONTÁCTENOS, por llamada o WhatsApp al número que aparece abajo, por Facebook o al Correo electrónico también contándonos su caso, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Abogado titular


Email: [email protected]

Sitio web: https://iustateraabogados.co/

WhatsApp: 3014502210

facebook.com/iustateraabogados/

CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

0   0

las capitualciones se pueden hacer en documento privado y solo autenticar?

me explico sin elevarla a escritura publica.

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse