Código Civil Artículo 1964 Colombia
Código Civil
Artículo 1964. Derechos que comprende la cesion
La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente.
Colombia Art. 1964 CC
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Cordial saludo,
A su pregunta: "Es posible hacer esto y en caso de que la entidad me niegue esta petición que debo hacer???"
Respondemos: Es posible en cuanto también le transfiera el inmueble. En caso de que le nieguen esto, nos escribe para ayudarle.
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
Email: contacto@montenegrogalindo.com
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CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.
Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.
BUENAS TARDES:
Mi pareja tiene un crédito hipotecario del cual ya no quiere hacerse responsable y me lo quiere ceder a mi para que yo lo siga cancelando y este a mi nombre:
Es posible hacer esto y en caso de que la entidad me niegue esta petición que debo hacer???
gracias
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buenas noches
Despues de 45 años sin levantar una hipoteca, debo cancelar o esta prescribe. Muchas gracias..."
Respondemos: Se debe revisar el tipo de hipoteca, con base a eso los términos u acciones, ya que se extingue la obligación con la resolución, con gusto le podemos guiar.
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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Cordial saludo,
A su pregunta: "Despues de 45 años sin levantar una hipoteca, debo cancelar o esta prescribe. Muchas gracias"
Respondemos: ¿Ya terminó de pagar la hipoteca pero en el certificado de Tradición sigue escrita, no? Hay que levantarla uno mismo, nosotros le ayudamos al mejor precio para que sea fácil y rápido que haga valer sus derechos para que tenga seguridad jurídica.
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Buenas noches
Despues de 45 años sin levantar una hipoteca, debo cancelar o esta prescribe. Muchas gracias
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