Código Civil Artículo 1964 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/01/2026
Código Civil
Artículo 1964. Derechos que comprende la cesion
La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente.
Colombia Art. 1964 CC
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