Código Civil Artículo 1964 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/07/2026
Código Civil
Artículo 1964. Derechos que comprende la cesion
La cesión de un crédito comprende sus fianzas, privilegios e hipotecas; pero no traspasa las excepciones personales del cedente.
Colombia Art. 1964 CC
Mejores juristas
·S E NS O R· Estudio Jurídico de Colombia
Сomentarios: 65
En los últimos 30 días
WORK-ABG 3043915730
Duración total
Johanna Pinto
Duración total
Norman Agudelo
Teléfonos
Duración total
JORGE IVAN POSADA
Duración total
Agregar un comentario
Los comentarios de los usuarios
Recomendados
Código Civil Artículo 1962. Aceptacion Código Civil Artículo 1966. Limites a la aplicacion de las normas sobre cesion de creditos Código Civil Artículo 1959. Formalidades de la cesion Código Civil Artículo 1963. Ausencia de notificacion o aceptacion Código Civil Artículo 1958. Aplicacion de las normas sobre la compraventa a la permutaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios