Código Civil Artículo 2357 Colombia
Código Civil
Artículo 2357. Reduccion de la indemnizacion
La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente.
Colombia Art. 2357 CC
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Qué hacer si tu reclamación es denegada
- Revisa la razón: Pide una explicación detallada por escrito.
- Revisa tu póliza: Asegúrate de que la denegación esté justificada.
- Apela la decisión: Si crees que la denegación es injusta, presenta una apelación.
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Recibe la decisión:
Después de que tu aseguradora haya completado la investigación de tu reclamación, se te notificará si fue aprobada o rechazada.
En el caso de que haya sido aprobada recibirás un depósito en tu cuenta bancaria antes ya definida o un cheque. Si por el contrario la reclamación fue rechazada puedes apelar la decisión.
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- Si la aseguradora no responde de manera favorable a la solicitud o el reclamo, el siguiente paso es presentar una demanda judicial ante los tribunales competentes. En Colombia, la demanda por incumplimiento de contrato debe ser presentada ante el juez civil correspondiente, ya sea en la jurisdicción del lugar de residencia del asegurado o donde ocurrieron los hechos.
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Si la aseguradora niega el reclamo o la indemnización ofrecida no satisface al asegurado, existen varias vías de reclamación:
- Derecho de petición interno. Presentar ante la Oficina de Atención al Consumidor Financiero de la aseguradora para solicitar revisión.
- Defensoría del Consumidor Financiero. Acudir a la Superintendencia Financiera de Colombia para mediación e inspección del caso.
- Vía judicial. Si estos mecanismos no brindan una solución satisfactoria, el asegurado puede presentar demanda ante la jurisdicción civil, siguiendo las reglas del Código General del Proceso y solicitando indemnización de perjuicios.
Cada recurso tiene plazos y requisitos específicos que deben cumplirse para mantener viva la reclamación.
Papi presente el recurso o la petición, pero no se quede de brazos cruzados, el abogado aparece si ya pasado todo eso se siguen negando, ahí sí inicia un fututo proceso.
Buen Día, me ocurrio un accidente choque simple con un taxi, el cual esta asegurado, realice la documentacion informada por la aseguradora y la envie para tramitar la indemnizacion por daños materiales, el costo de los daños a mi vehiculo estan cotizados en 16 millones, la aseguradora me envia pasados 32 dias respuesta donde me ofrecen 2 millones y aparte me aplican el art, 2357 de codigo civil "La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente." aludiendo que soy culpable del siniestro. el asegurado estaba en contravia, varado, empujando el vehiculo en reverza, y no cumplia con la debida señalización en el lugar de los hecho hizo presencia la policia de transito y por ser choque simple ya no se realizan los croquis, pero si le impusieron una multa de transito al responsable del choque.
Dependo de mi vehiculo para el trabajo diaria, esta parado sin uso desde hace mas de 45 dias, sin dinero para repararlo y la aseguradora no me ofrece ni lo que vale la mano de obra del trabajo a realizar, en este caso que se puede hacer ya que las aseguradoras no pierden y abusan de las personas como en mi caso, me podrian asesorar por favor mi correo [email protected]
gracias
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