C Cio Artículo 1094 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/04/2025
Código de Comercio
Artículo 1094. Pluralidad o coexistencia de seguros-condiciones
Hay pluralidad o coexistencia de seguros cuando éstos reúnan las condiciones siguientes: 1) Diversidad de aseguradores;
2) Identidad de asegurado;
3) Identidad de interés asegurado, y
4) Identidad de riesgo.
Colombia Art. 1094 CCom, CDC, C Co
Mejores juristas

Сomentarios: 24
En los últimos 30 días

Duración total

Duración total

Santander
Duración total

Teléfono
Duración total
Agregar un comentario
Los comentarios de los usuarios
Alfonso Rodríguez
05/01/21 16:27:44
¿Que significa diversidad de aseguradores? ... si tengo dos pólizas de seguros de vida grupo con dos aseguradoras diferentes al recalmar indemnización por eventos de muerte, por ejemplo, me pueden aplicar este término?.... o sea que sólo puedo tomar una póliza de vida con una sola compañía de seguros?...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios