C Cio Artículo 1828 Colombia
Código de Comercio
Artículo 1828. Definición de vuelo
Para los efectos de este Capítulo la aeronave se entenderá en vuelo desde el momento en que se enciendan los motores para la partida hasta cuando sean apagados al término del recorrido. Si se trata de una aeronave más ligera que el aire, la expresión "en vuelo" se aplica al período comprendido desde el momento en que se desprende de la superficie hasta aquel en que quede nuevamente amarrada a ésta.
Colombia Art. 1828 CCom, CDC, C Co
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Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”
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Cual es el articulo que reglamenta la Amonestación escrita, como sanción disciplinaria??
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Código Civil Artículo 974. Titular de la accion posesoria Código de Comercio Artículo 409. Impedimento de enajenación de acciones Código Civil Artículo 1917. Derecho de rescision o rebaja del precio Código del Menor Artículo 35. Código de Comercio Artículo 775. Factura cambiaria de transporte - definiciónPublique la información de sí mismo
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