C Cio Artículo 218 Colombia
Código de Comercio
Artículo 218. Causales de disolución de la sociedad
La sociedad comercial se disolverá: 1) Por vencimiento del término previsto para su duración en el contrato, si no fuere prorrogado válidamente antes de su expiración;
2) Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la terminación de la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye su objeto;
3) Por reducción del número de asociados a menos del requerido en la ley para su formación o funcionamiento, o por aumento que exceda del límite máximo fijado en la misma ley;
4) Por la declaración de quiebra de la sociedad;
5) Por las causales que expresa y claramente se estipulen en el contrato;
6) Por decisión de los asociados, adoptada conforme a las leyes y al contrato social;
7) Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente previstos en las leyes, y
8) Por las demás causales establecidas en las leyes, en relación con todas o algunas de las formas de sociedad que regula este Código.
Colombia Art. 218 CCom, CDC, C Co
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Cordial saludo,
A su pregunta: "Buenas noches, cuando se ha citado tres veces asamblea extraordinaria para liquidación de una SAS y no ha habido respuesta por el otro socio, el representante legal puede proceder a liquidar segun los estatutos de la sociedad en cuanto a las causales de liquidación?"
Respondemos: En principio es así, pero en la práctica, debe hacerse un procedimiento más detallado en cada documento, desde la simple citación hasta la finalización, porque en el más mínimo error podría implicar hasta un delito.
Atentamente,
Mario Montenegro
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Buenas noches, cuando se ha citado tres veces asamblea extraordinaria para liquidación de una SAS y no ha habido respuesta por el otro socio, el representante legal puede proceder a liquidar segun los estatutos de la sociedad en cuanto a las causales de liquidación?
- como socio que no esta de acuerdo con el manejos de los estatutos, infringiendo estos y sumando a la fiscalización que no esta cumpliendo su objeto de fiscalizar 100%, puedo solicitar liquidación de la compañía s.a. de que socio.
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