C Cio Artículo 305 Colombia
Código de Comercio
Artículo 305. Adición de la palabra sucesores a la razón social en casos de cesión de interés
Cuando la razón social se forme con el nombre completo o el apellido de uno de los socios, y éste ceda la totalidad de su interés en la sociedad, podrá seguir utilizándose la misma razón social con la palabra "sucesores".
Colombia Art. 305 CCom, CDC, C Co
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Buenas
conozco de un caso de un conocido donde, en una empresa, básicamente se trabajan todos los domingos y dan un supuesto día compensatorio entre semana, digo supuesto porque en dicho dia se trabaja hasta la 6 de la mañana, turno que empieza el día anterior a las 10 pm. Mi pregunta es ¿se esta desconociendo derechos del trabajador?
Recordemos para efectos de este artículo 30 del Código de Extinción de Dominio, que la acción de extinción de dominio no se limita a la propiedad inscrita. Esto implica que así como el titular del derecho de dominio, el poseedor tiene derecho a hacer parte del proceso y a ejercer su defensa, obviamente demostrando las calidades en la que ostenta la posesión del bien. De la misma manera como lo puede hacer quien figura como titular de cualquier derecho real accesorio (prenda, hipoteca etc) que vea en riesgo sus derechos por el proceso de extinción.
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Puede o es obligación del conciliador fijar la cuota alimentaria en la audiencia de conciliación fallida, en el caso de el centro de conciliación de la personería, y que ley o estatuto regula esta facultad de los conciliadores, fuera de las comisarias de familia.
Si el padre tiene pensión de 3.5 millones y aparte un apto en arriendo que le genera 1 millón adicional, uno de los hijos puede exigir pagarle cuidadora a los otros hijos? Cuando según los cálculos con los mismos ingresos el, el mismo padre puede costearse eso?
La Sentencia T-362 de 2024, la Corte analiza un caso en que los propietarios no ejercieron la debida diligencia de cuidado, para evitar que sus bienes fueran utilizados en actividades ilícitas. Pudiéndose deducir que la ausencia de posesión no puede ser utilizada como excusa para proteger el derecho de propiedad.
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