C Cio Artículo 557 Colombia
Código de Comercio
Artículo 557. Nulidad de limitaciones en el plano industrial o comercial contenidas en la licencia contractual
Serán nulas las cláusulas de la licencia contractual que impongan al beneficiario de la licencia limitaciones en el plano comercial o industrial que no se deriven de los derechos conferidos por la patente. No se considerarán como limitaciones:
1) Las relativas a la extensión del objeto de la patente o la duración de la licencia, y
2) Las que impiden la comercialización del producto cuando éste no reúne las condiciones sobre calidad del mismo.
Colombia Art. 557 CCom, CDC, C Co
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Cuantas personas como mínimo de necesitan para que se configure el concierto para delinquir?
- Si en un sindicato para elección de junta directiva solo se presenta una lista y a pesar de citar varias veces ocurre lo mismo, ¿se puede elegir esa lista y el fiscal de los socios que hagan parte de la asamblea?
Recordemos que los bienes, cualquiera que sea su naturaleza, son regidos por la ley del país donde se encuentran físicamente, en cuanto a su división, posesión, venta, pignoración, cesión, hipoteca etc. Esto significa que cualquier disputa entre la pareja sobre la propiedad, posesión, liquidación etc. de un bien ubicado en un país extranjero, en general debe ser resuelta por los tribunales de dicho país y bajo las leyes de dicho país. Un juez colombiano no tiene jurisdicción para tomar decisiones sobre derechos reales de bienes localizados en el extranjero.
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Cordial saludo. Un contralor, designado como auxiliar de la justicia,es considerado un funcionario publico? En este caso, que norma le aplica en cuanto a materia tributaria se refiere? Debo practicarle retencion en la fuente, asi no de la base establecida en el Art 338 ET?- Agradezco inmensamente su aporte.
Feliz dia.
Trabaje en una empresa hasta el día 21 de octubre 2025,y a la fecha hoy 15 noviembre 2025,no me han pagado ni sueldo ni liquidaciones, que debo hacer?
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Código de Comercio Artículo 1882. Responsabilidad del transportador por incumplimiento o interrupción del viaje Código de Comercio Artículo 1858. Los permisos de operación no son cesibles ni traspasables Código Civil Artículo 2643. Código de Comercio Artículo 730. Prescripción de las acciones cambiarias derivadas del cheque Código General del Proceso Artículo 146. Impedimentos y recusaciones de los secretariosPublique la información de sí mismo
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