Código de Etica Artículo 25 Colombia
Código de Etica
Artículo 25.
Los profesionales de las ciencias animales deberán atender todo servicio solicitado, pero podrán excusarse de atender un caso, una consulta o interrumpir la prestación de sus servicios por los siguientes motivos: a) Cuando no corresponda al campo de su conocimiento y competencia;
b) Cuando el animal reciba atención regular de otro profesional que excluya la suya;
c) Cuando el usuario de los servicios o responsable del animal, rehúse cumplir las recomendaciones y prescripciones dadas;
d) Cuando el usuario de los servicios o responsable del animal no se haga cargo de los gastos que genere el tratamiento del animal o animales sujetos a su atención;
e) Por enfermedad o imposibilidad física del profesional para prestar sus servicios.
Colombia Art. 25 Código de Etica
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La Ley 2502 de 2025 crea un nuevo agravante para este delito de falsedad personal: La suplantación de identidad mediante Inteligencia Artificial. Así, la manipulación digital de imágenes, voz o video para hacerse pasar por otra persona se castiga con un incremento de la sanción de hasta una tercera parte, sin perjuicio de otros delitos que puedan concurrir, como fraude informático, estafa etc.
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No, no es causal de despido, por el contrarío es obligación de la empresa otorgar la dotación necesaria para desarrollar las funciones del trabajo en condiciones optimas.
Buenas noches soy trabajador de una empresa de servicios generales en cali soy piscinero y me toca estar expuesto al el sol me sucede lo siguiente es que yo le pedí una gorra con monja a mí jefe inmediato por qué no me había llegado con la dotación y mi jefe me contestó a usted no le llegó la gorra pero no me respondió ni me resolvió el problema entonces yo al verme ignorado termine mi turno y fui y pedí la gorra a la empresa y me la entregaron y ellos la llamaron a ella diciendo que yo estaba allá y que iba de parte de ella entonces ella envía un mensaje haciéndome el reclamo que con permiso de quien yo había ido a pedir la gorra que ella no me había autorizado mi pregunta es esto es causal de despido
Buenas tardes,
tengo una deuda banco Bogota la cual está vencida mas de 90 días y otra en Bancolombia esta al día puedo acceder al proceso de insolvencia
Compre un apartamento en planos, el apartamento me lo entregaron hace 1 año y durante este año cuando llueve fuerte y venteado se entra el agua por las ventanas, la constructora como respuesta a un derecho de petición indica que las lluvias fuertes son fenómenos naturales y que el articulo 64 del código civil los exonera de dicha responsabilidad. hasta que punto esto es verdad y como debo responder a la constructora para que solucionen el problema que se ha presentado en el transcurso de tiempo de postventa?
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Código Penal Militar Artículo 314. Restricciones a la publicidad por motivos de seguridad o respeto a las víctimas menores de edad Código Penal Militar Artículo 299. Intervención de las víctimas en la actuación penal Constitución Política de Colombia Artículo 257. Código de Extinción de Dominio Artículo 79. Término para decidir Código Penal Militar Artículo 245. Exoneración del deber de denunciarPublique la información de sí mismo
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