Código de Etica (Código de Etica) Colombia
Código de Etica
- Artículo 1o. La medicina veterinaria, la medicina veterinaria y zootecnia y la zootecnia,...
- Artículo 2o. Los profesionales a quienes se les aplica esta ley, deben tener presente que...
- Artículo 3o. Los profesionales objeto de la presente ley, como integrantes de la sociedad,...
- Artículo 4o. Los profesionales de la medicina veterinaria, la medicina veterinaria y...
- Artículo 5o. Los médicos veterinarios, los médicos veterinarios y...
- Artículo 6o. Los conocimientos, capacidades y experiencia con que el médico...
- Artículo 7o. Los profesionales sujetos a la presente ley, se vincularán con el...
- Artículo 8o. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 9o. Para los efectos de la presente ley, adóptense los términos...
- Artículo 10. El médico veterinario, el médico veterinario y zoctecnista y el...
- Artículo 11. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 12. Tanto los animales, como las plantas, son medios que sirven al hombre para el...
- Artículo 13. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 14. Los profesionales a quienes se les aplica la presente ley no exigirán...
- Artículo 15. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 16. El medico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 17. Los médicos veterinarios, los médicos veterinarios y...
- Artículo 18. Los profesionales objeto de la presente ley, están obligados a...
- Artículo 19. La cronicidad o incurabilidad de un caso no constituye, motivo para privarlo...
- Artículo 20. Los profesionales de las ciencias animales mantendrán su...
- Artículo 21. Los médicos veterinarios, los médicos veterinarios y...
- Artículo 22. Serán los responsables del animal o los usuarios de los servicios, las...
- Artículo 23. El médico veterinario y el médico veterinario y zootecnista, no...
- Artículo 24. Se establece relación entre el profesional y el responsable del animal...
- Artículo 25. Los profesionales de las ciencias animales deberán atender todo...
- Artículo 26. El médico veterinario o el médico veterinario zootecnista no...
- Artículo 27. El médico veterinario o el médico veterinario zootecnista...
- Artículo 28. El médico veterinario o el médico veterinario zootecnista...
- Artículo 29. Los profesionales regidos por la presente ley que presten servicios en...
- Artículo 30. La frecuencia de las consultas médicas, estará determinada por...
- Artículo 31. La lealtad, el respeto mutuo y la solidaridad, son el fundamento de las...
- Artículo 32. Las controversias científicas o técnicas que surjan entre los...
- Artículo 33. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 34. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 35. Los profesionales tienen el deber moral de solicitar la colaboración...
- Artículo 36. Comete grave infracción a la ética, el profesional que trate en...
- Artículo 37. Los profesionales de las ciencias animales deberán mantener trato...
- Artículo 38. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 39. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 40. Los profesionales no deben contratar como colaboradores o auxiliares a...
- Artículo 41. El médico veterinario y el médico veterinario zootecnista,...
- Artículo 42. Los profesionales de las ciencias animales no harán uso de su...
- Artículo 43. Cuando los requerimientos de una institución oficial o privada...
- Artículo 44. El trabajo colectivo no excluye la responsabilidad profesional individual de...
- Artículo 45. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 46. Los profesionales de las ciencias animales deberán capacitarse para...
- Artículo 47. Es obligatorio para los médicos veterinarios zootecnistas, los...
- Artículo 48. Ante la evidente crisis generada a la diversidad biológica en nuestro...
- Artículo 49. Los profesionales de las ciencias animales son responsables de sus acciones y...
- Artículo 50. Es obligación moral y ética del médico veterinario, del...
- Artículo 51. Los profesionales de las ciencias animales al participar en el desarrollo de...
- Artículo 52. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 53. Es compatible con el buen ejercicio profesional pertenecer o formar parte de...
- Artículo 54. Todos los profesionales de las ciencias animales deberán cumplir...
- Artículo 55. Las asociaciones de profesionales de las ciencias animales, tendrán...
- Artículo 56. Entiéndese por secreto profesional aquello que no es ético ni...
- Artículo 57. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 58. Es contrario a la ética profesional, guardar reserva sobre situaciones...
- Artículo 59. Los profesionales de las ciencias animales, transmitirán al personal...
- Artículo 60. La prescripción médica será de exclusividad del...
- Artículo 61. La historia clínica es la consignación obligatoria por escrito...
- Artículo 62. Para ejercer en Colombia la profesión de médico veterinario,...
- Artículo 63. Quienes ejerzan estas profesiones en Colombia deberán acreditarse con...
- Artículo 64. El registro y la matrícula profesional vigente habilitan al...
- Artículo 65. Los profesionales en medicina veterinaria y zootecnia, en medicina...
- Artículo 66. Constituye falta grave contra la ética, sin perjuicio de las sanciones...
- Artículo 67. Para los efectos de la publicidad profesional, las placas, avisos y membretes...
- Artículo 68. Resulta contrario a la ética, realizar publicidad que no se ajuste a...
- Artículo 69. El Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zooctecnia de Colombia, a...
- Artículo 70. Los profesionales que colaboren en el desarrollo o promoción de...
- Artículo 71. Siendo la retribución económica de los servicios profesionales...
- Artículo 72. Los profesionales que laboren con entidades oficiales o privadas que presten...
- Artículo 73. En casos de urgencia, no se condicionará el servicio al pago...
- Artículo 74. Los profesionales a quienes rige esta norma, no ofrecerán,...
- Artículo 75. Es discrecional de los profesionales prestar sus servicios sin cobrar o...
- Artículo 76. Los profesionales sujetos a esta norma dedicados a la investigación,...
- Artículo 77. Los profesionales que adelanten investigaciones de carácter...
- Artículo 78. Los trabajos de investigación podrán ser divulgados o...
- Artículo 79. Los profesionales no auspiciarán publicación de...
- Artículo 80. En la publicación de trabajos científicos, el profesional no...
- Artículo 81. Cuando los trabajos de tesis sean dirigidos y orientados por un profesional,...
- Artículo 82. Todo profesional de las ciencias animales tiene derechos de propiedad...
- Artículo 83. El Médico Veterinario, el Médico Veterinario Zootecnista y el...
- Artículo 84. Los profesionales de las ciencias animales que desempeñen funciones...
- Artículo 85. Los docentes están en la obligación de difundir todos sus...
- Artículo 86. Sin perjuicio de los requisitos establecidos por la respectiva...
- Artículo 87. Los docentes están en la obligación de tener contacto...
- Artículo 88. Es obligatoria la enseñanza de la ética profesional en los...
- Artículo 89. El médico veterinario, el médico veterinario y zootecnista y el...
- Artículo 90. Es responsabilidad profesional y compromiso ético, investigar,...
- Artículo 91. Corresponde a los profesionales mantener criterios actualizados frente a los...
- Artículo 92. Es inherente al campo de la ética profesional el estudio, desarrollo,...
- Artículo 93. Corresponde al Tribunal Nacional de Etica Profesional, reglamentar dicha...
- Artículo 94. Los profesionales deben aplicar las medidas de aseguramiento de la calidad...
- Artículo 95. Constituye falta contra la ética, prescribir, recomendar, suministrar...
- Artículo 96. Corresponde al Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y de Zootecnia de...
- Artículo 97. Las faltas contra lo establecido en esta ley serán sancionadas de...
- Artículo 98. La presente ley se divulgará en todas las instituciones de...
- Artículo 99. Créase el Tribunal Nacional de Etica Profesional de Medicina...
- Artículo 100. Facúltese al Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y de...
- Artículo 101. El Tribunal Nacional de Etica Profesional estará integrado por catorce...
- Artículo 102. Para ser miembro del Tribunal Nacional de Etica Profesional, se requiere:...
- Artículo 103. Los miembros del Tribunal Nacional de Etica Profesional serán...
- Artículo 104. El Consejo Nacional de Medicina Veterinaria y de Zootecnia de Colombia...
- Artículo 105. Tanto el Tribunal Nacional de Etica Profesional, como los Tribunales...
- Artículo 106. De cada una de las sesiones del correspondiente Tribunal se dejará,...
- Artículo 107. La acción disciplinaria ético-profesional podrá ser...
- Artículo 108. Conocido el hecho presuntamente transgresor de esta ley o recibida la queja...
- Artículo 109. Averiguacion preliminar
- Artículo 110. Duracion de la investigacion preliminar
- Artículo 111. Resolucion inhibitoria
- Artículo 112. Etapas del proceso
- Artículo 113. De la apertura formal de la investigación se comunicará al...
- Artículo 114. Calificacion
- Artículo 115. Resolucion de preclusion o terminacion definitiva del proceso
- Artículo 116. Recibido el informe de conclusiones, el respectivo Tribunal, en pleno, se...
- Artículo 117. Estudiado y evaluado por el Tribunal correspondiente el informe de...
- Artículo 118. Notificación personal de la resolución de formulación de...
- Artículo 119. Recursos
- Artículo 120. Notificacion personal de providencias
- Artículo 121. Descargos
- Artículo 122. Termino para fallar
- Artículo 123. Practicada la diligencia de descargos, el Tribunal respectivo deberá,...
- Artículo 124. Los términos de que trata el presente capítulo podrán...
- Artículo 125. En lo no previsto en la presente ley, se aplicarán en su orden las...
- Artículo 126. Contra las decisiones del Tribunal Nacional de Etica Profesional, procede el...
- Artículo 127. Tramite
- Artículo 128. Pruebas en segunda instancia
- Artículo 129. Prescripcion
- Artículo 130. Autonomia de la accion disciplinaria
- Artículo 131. Si en concepto del Tribunal existe mérito suficiente para determinar...
- Artículo 132. Reserva del proceso etico-discipilinario
- Artículo 133. Contra las faltas a la Etica Profesional, valoradas de acuerdo con su...
- Artículo 134. Las sanciones de suspensión en el ejercicio profesional solamente...
- Artículo 135. Publicacion
- Artículo 136. El Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia de Colombia...
- Artículo 137. La presente ley regirá desde la fecha de su promulgación y...
Otras regulaciones
Código Contencioso Administrativo Sobre régimen político y municipal Estatuto Anticorrupción. Se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención de actos de corrupción El Estatuto del Consumidor Código PenalMejores juristas





donde puedo ver los requisitos para que se de la subrogación de bienes inmuebles en la sociedad conyugal de bienes?
en el caso de un dictamen pericial de mejoras y usufructos en predio rural, si el perito esta clasificado en las categorías 11-12-13 esta facultado para presentarlo; teniendo en cuenta que lo presento con esas categorias y que el certificado presentado tiene mas de 30 días de expedido a la fecha de presentar el dictamen.
Buenas tardes me podrian aclarar que significa el siguiente texto que esta en un auto admisorio en una demanda ante la SIC CUARTO: De conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia el señor JHONNY ANDRES RAMOS VERNAZA deberá prestar caución (art. 603 del C.G.P), por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA PESOS M/TE ($335.190) dentro de los días (10) siguientes a la notificación por estado de la presente providencia.
MI pregunta es , si el agente oficioso ratifica la demanda queda eximido de la caucion o que es lo que hay que hacer exactamente con la caucion
Buenos días, El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses, el contrato siguiente a este a que tiempo sería
A la Persona que la mama lo hostiga debe de denunciar también al.funcionario de la fiscalía por complicidad, solicitar su pensión si estudia así sea mayor de edad y buscar un buen abogado, tengo.alguna sugerencia, pro que usted nones el culpable, a ella la sancionan a usted le dan la emancipación y pensión o la sancionan para que en la casa no se le acerque, le dan orden de protección, la pueden meter hasta presa o lo que usted desee y tiene que indemnizarlo por daños psicologicos y economicos.
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