CPACA Artículo 134 Colombia
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
Artículo 134. Oportunidad y trámite
El agente del Ministerio Público, en quien concurra algún motivo de impedimento, deberá declararse impedido expresando la causal y los hechos en que se fundamente, mediante escrito dirigido al juez, sala, sección o subsección que esté conociendo del asunto para que decida si se acepta o no el impedimento. En caso positivo, se dispondrá su reemplazo por quien le siga en orden numérico atendiendo a su especialidad. Si se tratare de agente único se solicitará a la Procuraduría General de la Nación, la designación del funcionario que lo reemplace. La recusación del agente del Ministerio Público se propondrá ante el juez, sala, sección o subsección del tribunal o del Consejo de Estado que conozca del asunto, para que resuelva de plano, previa manifestación del recusado, sobre si acepta o no la causal y los hechos. Si se acepta la recusación, dispondrá su reemplazo por quien le siga en orden numérico atendiendo a su especialidad. Si se tratare de agente único, se solicitará a la Procuraduría General de la Nación la designación del funcionario que lo reemplace.
PARÁGRAFO. Si el Procurador General de la Nación es separado del conocimiento del proceso, por causa de impedimento o recusación, lo reemplazará el Viceprocurador.
MEDIOS DE CONTROL.
Colombia Art. 134 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
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Buenos días. El texto del artículo está tomado de fuentes oficiales.
No es legal. Si bien existió una circunstancia fáctica excepcional como la cuarentena, usted celebró un contrato bilateral de arrendamiento en el cual se pactó una cláusula de duración determinada (debe revisarse el contrato para verificar el término y las condiciones de terminación). En consecuencia, si el arrendador decide dar por terminado el contrato antes de la fecha estipulada y sin que medie justa causa —como la falta de pago, el incumplimiento de obligaciones o cualquiera de las causales legales o contractuales previstas—, estaría incurriendo en un incumplimiento contractual, lo cual podría generar el pago de indemnización de perjuicios o la aplicación de la cláusula penal, si fue pactada.
Buenas noches. Tengo una finca en Santander y en ella una casa en arriendo y me gustaria saber si el IPC rige para vivienda rural o en este caso como se hace el aumento del arriendo anual? Agradecería una guía o ayuda para saber como proceder.
El artículo 38 de la Ley 1258 de 2008 indica: "Las prohibiciones contenidas en los artículos 155, 185, 202, 404, 435 y 454 del Código de Comercio no se les aplicarán a las sociedades por acciones simplificadas, a menos que en los estatutos se disponga lo contrario." Así las cosas, si la empresa es una S.A.S., el accionista, empleado y miembro de junta directiva sí estaría facultado para votar los estados financieros, salvo que los estatutos digan lo contrario.
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La persona que usa al menor para cometer un delito responderá penalmente por dos conductas: Por el delito de uso de menores de edad (es decir este Art. 188D) y por el delito que se cometió con el menor. // Una persona condenada por el delito podría llegar a ser beneficiaria de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, siempre que cumpla los demás requisitos que exige la ley. Por su lado, otros beneficios como la prestación de servicios de utilidad pública como sustituto de la pena o prisión domiciliaria etc, si están expresamente prohibidos para este delito.
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