Código del Menor Artículo 319 Colombia
Código del Menor
Artículo 319.
<Artículo derogado por el artículo 217 de la Ley 1098 de 2006. Rige a partir del 8 de mayo de 2007> Los Directores de los centros educativos públicos y privados no podrán imponer sanciones que comporten escarnio para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal.
La expulsión del alumno de un centro de educación básica o media, sea público o privado, sólo podrá ser impuesta con fundamento en una causal previamente establecida en su reglamento y con autorización de la asociación de padres de familia del plantel. La contravención a lo dispuesto en el presente artículo originará para el autor de la conducta una sanción de multa de treinta (30) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales diarios, impuesta a prevención por el Comisario de Familia, el Defensor de Familia, el Alcalde Municipal o su delegado o el Inspector de Policía. Si se trata de establecimiento público, el responsable incurrirá, además, en incumplimiento de funciones sancionable de acuerdo con las normas administrativas y disciplinarias vigentes.
TÍTULO III. PROHIBICIONES Y OBLIGACIONES ESPECIALES
Colombia Art. 319 Código del Menor
Mejores juristas





explicacion del articulo 34
Llevo 5 años laborando para una empresa con contrato a termino indefinido, pero únicamente he recibido dotación 2 veces en todo este tiempo. Al principio ignoraba esta situación como empleado. ¿Es posible hacer algo al respecto en este momento?
me llego un fotomulta donde la infracción se cometió el día 8/08/2020 y me la informaron el día 10/02/2021 y la orden de comparendo fue emitida el 09/12/2020 y basándome en el decreto 2150 articulo 8 de la ley 1843 del código nacional de transito la cual dice que los organismos de control tienen 10 días avilés para la validación del comparendo y fue emitida 130 días después solicite la prescripción y la respuesta del inspector de transito de villa del rosario Sr: Abelardo Duenez Blanco fue que el tiene hasta 3 años para validar el comparendo que puedo hacer al respecto
nombre de 6 empresas q realicen alguno de estos actos articulo 20 o peraciones o empresas mercantiles
Gracias por tenernos actualizados de la Jurisprudencia Colombiana.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios