Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia Artículo 69 Colombia
Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia
Artículo 69. Día Nacional del Entrenador Deportivo
Establézcase el 23 de mayo de cada año como el "Día Nacional del Entrenador Deportivo" en todo el territorio de la República de Colombia, en reconocimiento a la importante labor que desempeñan estos profesionales en la formación integral de los deportistas y en el desarrollo del deporte nacional.
Parágrafo 1º. En esta fecha, el Ministerio del Deporte, las secretarías departamentales, distritales y municipales o quien ostente las funciones de deporte, el Comité Olímpico Colombiano, el Comité Paralímpico Colombiano, las federaciones deportivas nacionales y el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, coordinarán y realizarán actividades conmemorativas que visibilicen y exalten la profesión del entrenador deportivo.
Parágrafo 2º. En el marco de esta conmemoración, el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, en coordinación con el Ministerio del Deporte, realizará anualmente un reconocimiento público a los entrenadores deportivos que se hayan destacado por su excelencia profesional, aportes a la ciencia del entrenamiento deportivo, resultados deportivos sobresalientes o contribuciones significativas a la formación de nuevas generaciones de deportistas.
Colombia Art. 69 Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia, se define el proceso disciplinario para el entrenador deportivo y se dictan otras disposiciones
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La sanción del numeral 2 de este artículo aplica cuando se abandona el lugar de los hechos "sin justa causa". En este sentido, la jurisprudencia ha indicado que podría considerarse una justa causa, el temor fundado por la propia seguridad personal o la necesidad de salvaguardar la integridad física propia. No se considera abandono, si la persona permanece en el sitio hasta que llega la ayuda y la víctima es atendida.
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Para efecto de la determinación de la tipicidad y prescripción de este delito de Peculado por apropiación, es indispensable distinguir entre la consumación (el acto de disposición jurídica) y el agotamiento (el pago efectivo o apropiación material del dinero). Dependiendo de si el servidor público tenía disponibilidad material o jurídica sobre los bienes, se definirá el momento exacto en que la conducta punible se perfeccionó y el grado en el que se participó. Esta interpretación expansiva de la disponibilidad funcional, permite atribuir responsabilidad a altos funcionarios que, sin tener contacto directo con los recursos, tienen el poder jurídico para disponer de ellos de manera ilícita y el deber de vigilarlos, reforzando así la protección del patrimonio público.
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Puede un tribunal administrativo, rechazar el recurso extraordinario de unificación de jurisprudncia, habiendose interpuesto y sustentado en el mismo memorial de interposición del recurso?
Buenos Días
tengo un local Comercial desde hace 28 años el arrendatario vio una oportunidad mas con alquilarlo a otra entidad se ha cumplido a cabal todos los pagos e inclusive a subido el arriendo mas de lo debido sin justa causas, si no se acepta siempre pide el local comercial con que se lo desocupe estos aumentos han sido siempre sobre hostigamiento como me ampara la ley si lo debo desocupar y que indemnización seria por 28 años ocupándolo.
Que requisitos son necesarios para solicitar un exequatur en Colombia sobre una sentencia de divorcio en los Estados Unidos de un matrimonio realizado en Colombia. El interés de los divorciados es darle validez en Colombia a la sentencia de los Estados Unidos. Gracias
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Se expiden algunas disposiciones en materia electoral Artículo 10. Jurados de votación Acuerdo sobre C.A.B. International Artículo 8o. Consejo ejecutivo Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia Artículo 54. Finalidades Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia Artículo 44. Ejecutoria de las Decisiones Código deontológico y ético del entrenador deportivo en Colombia Artículo 59. Contenido de la decisiónPublique la información de sí mismo
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