Código Disciplinario Único Artículo 113 Colombia
Derogado
Código Disciplinario Único
Artículo 113. Recurso de reposición
El recurso de reposición procederá únicamente contra la decisión que se pronuncia sobre la nulidad y la negación de la solicitud de copias o pruebas al investigado o a su apoderado, y contra el fallo de única instancia.Colombia Art. 113 CDU
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Los comentarios de los usuarios
Yaqueline Carrasco Lozano
27/04/20 19:07:03
cual es el espiritu o la intension del legislador en mantener el proceso en secretaria por 3 dias despues de interpuesto de manera escrita el recurso de reposicion en el auto de cierre de invesetigacion
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