Código Disciplinario Único Artículo 219 Colombia
Código Disciplinario Único
Artículo 219. Faltas graves y leves, sanciones y criterios para graduarlas
Para la determinación de la gravedad de la falta respecto de los conjueces se aplicará esta ley, y las sanciones y criterios para graduarlas serán los establecidos en el presente Código.EJECUCIÓN Y REGISTRO DE LAS SANCIONES.
Colombia Art. 219 CDU
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Compre una casa campestre . Puedo parcelar este predio, no quiero ser parte de este condominio puesto q no cumple con áreas de deporte y dejas características q conforman un condominio . También a lado de mi casa ahí una casa campestre q parceló y no hace parte de este condominio
Se puede desistir de la denuncia frente al delito de contaminacion ambiental por residuos solidos establecido en el articulo 332a del codigo penal?
Muy amables, gracias por su pronta respuesta
Cordial saludo,
A su pregunta: "Cuales son los requisitos de fondo de la demanda."
Respondemos: Son varios, que varían según el tipo de demanda. Pero en principio, son los que prueben la relación sustancial contenciosa
Atentamente,
Mario Montenegro
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
Email: contacto@montenegrogalindo.com
Sitio web: www.montenegrogalindo.com
WhatsApp: 573057709651
facebook.com/montenegrogalindoabogados
CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos
Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos paso a paso; LLÁMENOS o ESCRÍBANOS a nuestro email o WhatsApp
Cordial saludo,
A su pregunta: "buenas tardes, en el 2015 me impusieron medida de aseguramiento no privativa de libertad, que constaba de presentacion periodica, tener una buena conducta y caucion real adecuada mediante dinero en deposito,.ya cumpli con todos los requerimientos exigidos el mismo año, pero siempre se me refleja en mis antecedentes, quiero saber si se puede eliminar de mis antecedentes para que ya no se refleje mas, dado que ya cumpli con lo establecido por el juzgado."
Respondemos: Depnde si la medida era preventiva o si fue mediante sentencia de juez de conocimiento. Si fue la primera, es necesario que el proceso termine, si fue la segunda, nos puede escribir para ayudarle.
Atentamente,
Mario Montenegro
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