Código Penal Artículo 176 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/01/2021
Código Penal
Artículo 176. Detencion arbitraria especial
El servidor público que sin el cumplimiento de los requisitos legales reciba a una persona para privarla de libertad o mantenerla bajo medida de seguridad, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa (90) meses y pérdida del empleo o cargo público. Colombia Art. 176 CP
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Los comentarios de los usuarios
Rosebel
09/06/20 18:37:28
Tfno: 3175869674
Buenas noches
La retención arbitraria ,aplica cuando no se le garantiza los condiciones de igualdad al no realizar los peritos para demostrar su inocencia o lo contrario.?
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