Código Penal Artículo 309 Colombia
Código Penal
Artículo 309. Sustraccion de cosa propia al cumplimiento de deberes constitucionales o legales
El que sustraiga cosa propia, mueble o inmueble, de utilidad social, al cumplimiento de los deberes constitucionales o legales establecidos en beneficio de la economía nacional, incurrirá en prisión dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de veintiséis punto sesenta y seis (26.66) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena será de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses de prisión y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, si la cosa fuere destruida, inutilizada o dañada.
Colombia Art. 309 CP
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Buenos días,tengo un negocio de arreglos de ropa,quisiera saber cuál es el artículo del código de Colombia, de perdida o abandono muchas gracias
Muy Buenas noches, negocie una finca y en la promesa de venta y según las escrituras y los certificados de libertad y tradición, hay un área de 150 hectáreas, ya entregue el 70% del valor y el 30% cuando se formalicen las escrituras, le realice un levantamiento topográfico y resulta que solo hay un 86% del área prometida en la venta, que debo hacer para no salir perjudicado en la perdida de 20 hectáreas de área
Buenas Noches...Puedo disolver y liquidar la sociedad conyugal, aunque mi esposo este desaparecido hace 22 años, y no se si esta vivo o falleció, y poseemos un bien inmueble a nombre de los dos.
Buenas tardes mi pregunta seria si uno toma un plan de Internet por medio de un móvil y no me ablaron en ese preciso instante de clasulas de permanecia llevó un mes de contrato y me quiero salir pero me dicen que tengo que pagar una multa de 500.000 es obligatorio pagar? Gracias
Cordial saludo.
Hemos separado un apartamento sobre plano con el pago de $ 500.000 a la constructora, todo esto sin haber firmado nada, ni siquiera el contrato fiduciario, muchoemos el de promesa de compra y venta, solo a través de un recibo provisional de caja se hizo la transacción. Si queremos desistir ellos se quedarían con los dichos 500.000 o deben devolverlos?
Gracias por su atención.
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