CST Artículo 38 Colombia
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 38. Contrato verbal
Cuando el contrato sea verbal, el {empleador} y el trabajador deben ponerse de acuerdo, al menos acerca de los siguientes puntos: 1. La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse;
2. La cuantía y forma de la remuneración, ya sea por unidad de tiempo, por obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera, y los períodos que regulen su pago;
3. La duración del contrato.
Colombia Art. 38 Código Sustantivo del Trabajo
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Buenas noches, la norma señala que el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito, pero para el caso de contrato a término fijo debe constar por escrito. Espero haberle ayudado.
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Buenas noches Edgar, para que exista la figura o se dirima que es un contrato laboral, debe cumplir los tres elementos, prestación del servicio personal, subordinación y un salario. CONTÁCTENOS, en iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
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buenos días, un favor cuando no se pacta en contrato de trabajo verbal y escrito lo estipulado por los artículos 38,39 del código sustantivo de trabajo se configura contrato de trabajo ejemplo solo se pacta que juan trabaja para pedro durante 6 meses pero no se pacta nada mas ni verbal ni en el escrito esto pude configurarse como contrato laboral
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Buenos días, para el presente asunto, primero debo consultarle si solo fueron los 8 días que aduce de trabajo, en segundo caso, debe iniciar el respectivo proceso o llamamiento al acuerdo conciliatorio, para exigir por lo de ley le corresponde de la liquidación y en dado caso el incumplimiento del contrato, En iustateraabogados@gmail.com podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210
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Kevin Prieto Malaver
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Buen Día, quería que por favor me asesoraran trabaje desde el 2 de julio hasta el 11 julio de 2019 en una empresa, olvide hacer mi contrato de trabajo el cual era obra labor, decidí renunciar y el señor (empleador) aprovecho que no había ningún contrato e hizo una cuenta de cobro para designar lo que él quiso, el caso es que a la fecha no me ha querido pagar, lo he llamado en repetidas ocasiones y le escribo mensajes, hasta le envíe hace mas de 3 meses una solicitud de pago por el correo y no hace mas que ignorarme, ya no se que hacer, por eso recurro a ustedes.
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