CST Artículo 6o Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/01/2026
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 6o. Trabajo ocasional
Trabajo ocasional, accidental o transitorio, es el de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades normales del {empleador}. Colombia Art. 6o Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
20/02/25 02:03:22
¿Colombia se acogió al convenio de la OIT: C175 - Convenio sobre el trabajo a tiempo parcial, 1994 (núm. 175). Para trabajadores de tiempo parcial?
Agradezco su amable respuesta.
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