Se aprueba la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Unesco, en París, el 19 de octubre de 2005 (Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte) Colombia
Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte
- Artículo 1o. finalidad de la convención
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Medidas encaminadas a la realización de los objetivos de la presente convención
- Artículo 4o. Relaciones de la convención con el código
- Artículo 5o. Medidas encaminadas a alcanzar los objetivos de la convención
- Artículo 6o. Relaciones con otros instrumentos internacionales
- Artículo 7o. Coordinación en el plano nacional
- Artículo 8o. Restringir la disponibilidad y la utilización en el deporte de sustancias y métodos prohibidos
- Artículo 9o. Medidas contra el personal de apoyo a los deportistas
- Artículo 10. Suplementos nutricionales
- Artículo 11. Medidas financieras
- Artículo 12. Medidas para facilitar las actividades de control del dopaje
- Artículo 13. Cooperación entre organizaciones antidopaje y organizaciones deportivas
- Artículo 14. Apoyo al cometido de la agencia mundial antidopaje
- Artículo 15. Financiación de la agencia mundial antidopaje por partes iguales
- Artículo 16. Cooperación internacional en la lucha contra el dopaje
- Artículo 17. Fondo de contribuciones voluntarias
- Artículo 18. Uso y gestión del fondo de contribuciones voluntarias
- Artículo 19. Principios generales de educación y formación
- Artículo 20. Códigos de conducta profesional
- Artículo 21. Participación de los deportistas y del personal de apoyo a los deportistas
- Artículo 22. Las organizaciones deportivas y la educación y formación permanentes en materia de lucha contra el dopaje
- Artículo 23. Cooperación en educación y formación
- Artículo 24. Fomento de la investigación en materia de lucha contra el dopaje
- Artículo 25. Índole de la investigación relacionada con la lucha contra el dopaje
- Artículo 26. Difusión de los resultados de la investigación relacionada con la lucha contra el dopaje
- Artículo 27. Investigaciones en ciencia del deporte
- Artículo 28. Conferencia de las partes
- Artículo 29. Organización de carácter consultivo y observadores ante la conferencia de las partes
- Artículo 30. Funciones de la conferencia de las partes
- Artículo 31. Informes nacionales a la conferencia de las partes
- Artículo 32. Secretaría de la conferencia de las partes
- Artículo 33. Enmiendas
- Artículo 34. Procedimiento específico de enmienda a los anexos de la convención
- Artículo 35. Regímenes constitucionales federales o no unitarios
- Artículo 36. Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión
- Artículo 37. Entrada en vigor
- Artículo 38. Extensión de la convención a otros territorios
- Artículo 39. Denuncia
- Artículo 40. Depositario
- Artículo 41. Registro
- Artículo 42. Textos auténticos
- Artículo 43. Reservas
Otras regulaciones
Se autoriza al Gobierno Nacional para la emisión de bonos de deuda pública interna Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares Se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión La Nación se asocia a la celebración de los cuarenta años de actividades académicas de la Universidad Tecnológica de Pereira Se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justiciaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
No obstante se dice que mientras el progenitor obligado a dar alimentos no cumpla con el pago de ellos no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desea ver a sus hijos, dicha entidad deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas, pues las visitas son la forma como el menor de edad ejerce su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios