Se aprueba el Convenio Cultural y Educativo entre la República de Colombia y la República de Indonesia, suscrito en Jakarta el veinticuatro (24) de octubre de mil novecientos noventa y seis (1996) (Convenio Cultural y Educativo entre la República de Colombia y la República de Indonesia) Colombia
Convenio Cultural y Educativo entre la República de Colombia y la República de Indonesia
- Artículo 1o. Las Partes facilitarán y estimularán la cooperación en...
- Artículo 2o. Las Partes intercambiarán información sobre los valores...
- Artículo 3o. Las Partes otorgarán recíprocamente becas a nivel de posgrado...
- Artículo 4o. Las Partes garantizarán y protegerán los derechos de autor en...
- Artículo 5o. Las Partes acuerdan conceder las facilidades para la entrada, permanencia y...
- Artículo 6o. Las Partes facilitarán dentro de sus respectivos marcos legales, la...
- Artículo 7o. 1. Las Partes se comprometen a mantener una estrecha colaboración con...
- Artículo 8o. 1. Para el desarrollo del presente Convenio las Partes acordarán...
- Artículo 9o. 1. Las Partes tomarán las medidas necesarias para estimular la...
- Artículo 10. Cualquier disputa proveniente de la interpretación o...
- Artículo 11. Este Convenio podrá ser modificado, si es necesario, con el...
- Artículo 12. 1. El presente Convenio entrará en vigor, una vez que se hayan...
Otras regulaciones
La nación exalta la memoria, vida y obra del pintor, muralista, escultor antioqueño Pedro Nel Gómez Agudelo Se establece exención general de impuestos para la realización del Campeonato Mundial Masculino de Fútbol Sub 20 Se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios Se establecen rebajas en las sanciones para los remisos del servicio militar obligatorio Se reglamenta la actividad del avaluadorMejores juristas





donde puedo ver los requisitos para que se de la subrogación de bienes inmuebles en la sociedad conyugal de bienes?
en el caso de un dictamen pericial de mejoras y usufructos en predio rural, si el perito esta clasificado en las categorías 11-12-13 esta facultado para presentarlo; teniendo en cuenta que lo presento con esas categorias y que el certificado presentado tiene mas de 30 días de expedido a la fecha de presentar el dictamen.
Buenas tardes me podrian aclarar que significa el siguiente texto que esta en un auto admisorio en una demanda ante la SIC CUARTO: De conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia el señor JHONNY ANDRES RAMOS VERNAZA deberá prestar caución (art. 603 del C.G.P), por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA PESOS M/TE ($335.190) dentro de los días (10) siguientes a la notificación por estado de la presente providencia.
MI pregunta es , si el agente oficioso ratifica la demanda queda eximido de la caucion o que es lo que hay que hacer exactamente con la caucion
Buenos días, El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses, el contrato siguiente a este a que tiempo sería
A la Persona que la mama lo hostiga debe de denunciar también al.funcionario de la fiscalía por complicidad, solicitar su pensión si estudia así sea mayor de edad y buscar un buen abogado, tengo.alguna sugerencia, pro que usted nones el culpable, a ella la sancionan a usted le dan la emancipación y pensión o la sancionan para que en la casa no se le acerque, le dan orden de protección, la pueden meter hasta presa o lo que usted desee y tiene que indemnizarlo por daños psicologicos y economicos.
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