Imprimir

Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/03/2025

Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos
Artículo 1o. Alcance del convenio



1. Serán "desechos peligrosos" a los efectos del presente Convenio los siguientes desechos que sean objeto de movimientos transfronterizos:

a) Los desechos que pertenezcan a cualquiera de las categorías enumeradas en el anexo I, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el Anexo III, y

b) Los desechos no incluidos en el apartado a), pero definidos o considerados peligrosos por la legislación interna de la parte que sea Estado de exportación, de importación o de tránsito.

2. Los desechos que pertenezcan a cualesquiera de las categorías contenidas en el Anexo II y que sean objeto de movimiento transfronterizo serán considerados "otros desechos" a los efectos del presente Convenio.

3. Los desechos que, por ser radiactivos, estén sometidos a otros sistemas de control internacional, incluidos instrumentos internacionales, que se apliquen específicamente a los materiales radiactivos, quedarán excluidos del ámbito del presente convenio.

4. Los desechos derivados de las operaciones normales de los buques cuya descarga esté regulada por otro instrumento internacional quedarán excluidos del ámbito del presente convenio.

Colombia Art. 1o Se aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, hecho en Basilea el 22 de marzo de 1989
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o 2o 3o ...29

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

si la junta directiva de unsindicato de gremio dice que tiene 5 miembros y cinco suplentes como se saca el cuociente electoral dividiendo entre 10 o entre cinco


como se prueba la mala fe, o cuales son sus requisitos


¿Si la hipoteca estuvo inicialmente a nombre de un banco, pero fue cedida a otra entidad por cesión de créditos y se cuente con un documento de cesión, este acto debe registrarse en instrumentos públicos?


Ante la necesidad de reparación integral, las víctimas pueden reclamar indemnizaciones por el daño emergente y el lucro cesante, derivado de la defraudación. Esto incluye no solo el valor de los fluidos apropiados, sino también los costos asociados a la detección y corrección de las irregularidades. La cuantificación del daño puede ser compleja para quien comete el delito como para la víctima misma, ya que requiere pruebas técnicas precisas sobre el consumo real y los mecanismos utilizados para la defraudación.


Email: [email protected]

WhatsApp: 573166406899

ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


stoncves puedo solicitr pruebas a partir de la excepciones de4 merito como demandante


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse