El Convenio-Marco relativo a la ejecución de la Ayuda Financiera Artículo 10 Colombia
El Convenio-Marco relativo a la ejecución de la Ayuda Financiera
Artículo 10. Entrada en vigor y denuncia
1. El presente Convenio-Marco entrará en vigor en la fecha de la última notificación en que una de las partes comunique a la otra el cumplimiento de los procedimientos de aprobación interna correspondientes.
2. El presente Convenio-Marco puede ser denunciado por una de las partes mediante notificación escrita a la otra parte. En este caso, continuará aplicándose para las obligaciones derivadas de Convenios de Financiación Específicos o contratos firmados, en virtud del presente Convenio-Marco, con anterioridad a la fecha de la citada notificación escrita, obligaciones derivadas de Convenios de Financiación Específicos o contratos firmados, en virtud del presente Convenio-Marco, con anterioridad a la fecha de la citada notificación escrita.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo uno del presente artículo, el presente Convenio se aplicará provisionalmente a partir de la fecha de su firma y hasta el momento de su entrada en vigor definitiva. La aplicación provisional cesará también en el momento en que una de las partes notifique a la otra su intención de no llegar a ser parte en el Convenio-Marco.
Colombia Art. 10 El Convenio-Marco relativo a la ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en la República de Colombia en virtud del Reglamento ALA, firmado en Bruselas el diecisiete (17) de octubre de dos mil (2000) y en Bogotá, el catorce (14) de diciembre de dos mil (2000)
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No obstante lo indicado en este artículo 42 de la ley 675 de 2003 sobre la posibilidad de tomar decisiones en reuniones no presenciales, el artículo 46 indica una lista taxativa de asuntos que sólo se pueden decidir en reuniones presenciales. Esta prohibición es absoluta, es decir, todas las decisiones tomadas sobre los temas indicados en el art 46, serían nulas si no se hacen en reunión presencial. Esto ha sido reiterada en múltiples conceptos del Ministerio de Vivienda.
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En caso de que prescriba el termino ordinario debido a que era imposible hallar o encontrar el registro civil de defunción por situaciones ajenas a la voluntad del reclamante, toda vez que hubo que buscar decretar de oficio y ante la ley tales documentos para su elaboración, que norma se puede aplicar
La sanción del numeral 2 de este artículo aplica cuando se abandona el lugar de los hechos "sin justa causa". En este sentido, la jurisprudencia ha indicado que podría considerarse una justa causa, el temor fundado por la propia seguridad personal o la necesidad de salvaguardar la integridad física propia. No se considera abandono, si la persona permanece en el sitio hasta que llega la ayuda y la víctima es atendida o cuando evidentemente la víctima ha fallecido y no requiere atención para salvar su vida. Recordemos que estamos en el capítulo que castiga los delitos contra la vida y en este sentido, si la persona que cometió el accidente, abandona el lugar ya no causando como resultado una afectación mayor a la vida de la víctima, sino dificultando el proceso judicial que se le debe adelantar como autor(a), el delito es distinto al indicado en este artículo.
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Para efecto de la determinación de la tipicidad y prescripción de este delito de Peculado por apropiación, es indispensable distinguir entre la consumación (el acto de disposición jurídica) y el agotamiento (el pago efectivo o apropiación material del dinero). Dependiendo de si el servidor público tenía disponibilidad material o jurídica sobre los bienes, se definirá el momento exacto en que la conducta punible se perfeccionó y el grado en el que se participó. Esta interpretación expansiva de la disponibilidad funcional, permite atribuir responsabilidad a altos funcionarios que, sin tener contacto directo con los recursos, tienen el poder jurídico para disponer de ellos de manera ilícita y el deber de vigilarlos, reforzando así la protección del patrimonio público.
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Puede un tribunal administrativo, rechazar el recurso extraordinario de unificación de jurisprudncia, habiendose interpuesto y sustentado en el mismo memorial de interposición del recurso?
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Se expiden normas sobre carrera administrativa Artículo 42. Declaratoria de insubsistencia del nombramiento por calificacion no satisfactoria Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 193. Financiación de otros compromisos a 31 de diciembre de 2011 Se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías Artículo 129. CoordinaciónPublique la información de sí mismo
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