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El Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital Artículo 80 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

El Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 1993
Artículo 80.

La presente Ley rige a partir de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

El Presidente del Honorable Senado de la República,

JORGE RAMÓN ELÍAS NADER.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSÉ JATTIN SAFAR.

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

PEDRO PUMAREJO VEGA.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR.

República de Colombia - Gobierno Nacional

Publíquese y ejecútase

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a los treinta (30)

días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993)

CÉSAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ.

   

Colombia Art. 80 Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia Fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1994
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Buen día. Que pasa si me estafaron en un viaje para dos personas. Valor $6000000 seis millones de pesos. La persona devolvió dos millones y no quiere devolver el resto del dinero. Que debo hacer. Puedo demandar por estafa???


Porque no dice nada el 1. de este articulo ?


Hola, una consulta, si el hijo no es ciudadano colombiano, pero el padre si, sigue aplicando este artículo 251 sobre el cuidado de los padres?


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Sobre las causales de divorcio indicadas en este artículo 154 del código civil, es necesario indicar que se incluirá una nueva causal número 10, que se denominará “La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges”, la cual le da nacimiento al divorcio unilateral en Colombia. Es decir, un divorcio que se puede pedir por la simple voluntad de querer separarse de la otra persona, en otras palabras, un divorcio que no necesita demostrar un mal comportamiento de la otra persona, para poder separarse de ella.


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