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El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares Artículo 33 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/10/2024

El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
Artículo 33. Responsabilidad de la orden

La responsabilidad de toda orden militar recae en quien la emite y no en quien la ejecuta.

Cuando el subalterno que la recibe advierta que de su ejecución puede derivarse manifiestamente la comisión de una conducta punible, infracción disciplinaria o fiscal, el subalterno no está obligado a obedecerla y deberá exponer al superior las razones de su negativa.



DE LOS ESTÍMULOS.



Colombia Art. 33 El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
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Los comentarios de los usuarios

Cordial saludo,

A su pregunta: "Buen día, sucede que mi esposo es militar con 8 años de profesional y le han dado la orden de movilizarse a otra base militar en zona roja pero de civil con todos los materiales militares y sin armamento. que se puede hacer para lograr que se replante esta orden y que les brinden las garantías de seguridad. Gracias"

Respondemos: Puede contactarnos y le ayudamos a que se replantee esta orden. No es díficil, y si llegase a ocurrirle algo a su esposo, dios no quiera, se deja la constancia.


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

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Buen día, sucede que mi esposo es militar con 8 años de profesional y le han dado la orden de movilizarse a otra base militar en zona roja pero de civil con todos los materiales militares y sin armamento. que se puede hacer para lograr que se replante esta orden y que les brinden las garantías de seguridad. Gracias

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