El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares (El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares) Colombia
El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
- Artículo 1o. Titularidad de la potestad y de la acción disciplinaria
- Artículo 2o. Presunción de inocencia
- Artículo 3o. Legalidad
- Artículo 4o. Debido proceso
- Artículo 5o. Favorabilidad
- Artículo 6o. Reconocimiento de la dignidad humana
- Artículo 7o. Culpabilidad
- Artículo 8o. Igualdad ante la ley
- Artículo 9o. Cosa juzgada
- Artículo 10. Gratuidad
- Artículo 11. Celeridad del proceso
- Artículo 12. Especialidad
- Artículo 13. Prevalencia de los principios rectores
- Artículo 14. Función de la sanción disciplinaria
- Artículo 15. Aplicabilidad
- Artículo 16. Autores
- Artículo 17. La disciplina
- Artículo 18. Medios para la efectividad de la disciplina
- Artículo 19. Medios correctivos
- Artículo 20. Medios sancionatorios
- Artículo 21. Deberes del superior
- Artículo 22. Eficacia
- Artículo 23. Mantenimiento de la disciplina
- Artículo 24. Valores militares
- Artículo 25. Valentía
- Artículo 26. Veracidad
- Artículo 27. Compromiso
- Artículo 28. Cumplimiento
- Artículo 29. Conducto regular
- Artículo 30. Atribución de mando
- Artículo 31. Requisitos de la orden
- Artículo 32. Oportunidad de la orden
- Artículo 33. Responsabilidad de la orden
- Artículo 34. Premio al cumplimiento de los deberes
- Artículo 35. Finalidad del premio
- Artículo 36. Criterios para otorgar premios
- Artículo 37. Proporcionalidad del premio
- Artículo 38. Formalidad del premio
- Artículo 39. Premios y distinciones
- Artículo 40. Felicitación privada verbal o escrita
- Artículo 41. Felicitación pública
- Artículo 42. Felicitación pública otorgada por comandos superiores
- Artículo 43. Quiénes pueden recibir felicitaciones
- Artículo 44. Permisos especiales
- Artículo 45. Mención honorífica
- Artículo 46. Premio al mejor soldado
- Artículo 47. Jineta de buena conducta
- Artículo 48. Uso de la jineta de buena conducta
- Artículo 49. Límite de jinetas de buena conducta
- Artículo 50. Otorgamiento de jinetas de buena conducta
- Artículo 51. Distintivos
- Artículo 52. Reglamentación de distintivos
- Artículo 53. Nombramientos honoríficos
- Artículo 54. Condecoraciones
- Artículo 55. Premios especiales
- Artículo 56. Noción
- Artículo 57. Clasificación
- Artículo 58. Faltas gravísimas
- Artículo 59. Faltas graves
- Artículo 60. Faltas leves
- Artículo 61. Definición de las sanciones
- Artículo 62. Clasificación de las sanciones
- Artículo 63. Graduación
- Artículo 64. Circunstancias de atenuación
- Artículo 65. Circunstancias de agravación
- Artículo 66. Correctivos para encauzar la disciplina militar
- Artículo 67. Prohibición
- Artículo 68. Causales de exclusión de la responsabilidad disciplinaria
- Artículo 69. Términos de prescripción de la acción y de la sanción
- Artículo 70. Prescripción de varias acciones
- Artículo 71. Renuncia y oficiosidad
- Artículo 72. Definición
- Artículo 73. Quiénes tienen atribuciones disciplinarias
- Artículo 74. Competencia
- Artículo 75. Grados disciplinarios
- Artículo 76. Competencia del presidente y de los altos mandos militares
- Artículo 77. Organizaciones conjuntas, órganos de gobierno y sus dependencias
- Artículo 78. En el ejército nacional
- Artículo 79. En la armada nacional
- Artículo 80. En la fuerza aérea colombiana
- Artículo 81. Atribuciones de nuevas dependencias o unidades
- Artículo 82. Atribuciones de dependencias del ministerio de defensa nacional
- Artículo 83. Atribuciones para casos específicos
- Artículo 84. Personal de la justicia penal militar
- Artículo 85. Comisión de estudios
- Artículo 86. Comisión en entidades
- Artículo 87. Competencia sobre gerentes y directores
- Artículo 88. Casos no previstos
- Artículo 89. Traspaso de atribuciones disciplinarias
- Artículo 90. Personal en comisión
- Artículo 91. Concurrencia de competencias
- Artículo 92. Colisión de competencias
- Artículo 93. Principios que rigen la actuación procesal
- Artículo 94. Principio de economía
- Artículo 95. Principio de imparcialidad
- Artículo 96. Principio de dirección
- Artículo 97. Principio de publicidad
- Artículo 98. Principio de contradicción
- Artículo 99. Requisitos formales de la actuación
- Artículo 100. Aducción de documentos
- Artículo 101. Principio de jerarquía
- Artículo 102. Corrección de actos irregulares
- Artículo 103. Principio de doble instancia
- Artículo 104. Principio de la no reformatio in pejus
- Artículo 105. Lealtad
- Artículo 106. Principio de integración
- Artículo 107. Investigación integral
- Artículo 108. Naturaleza de la acción disciplinaria
- Artículo 109. Obligatoriedad de la acción disciplinaria
- Artículo 110. Conductas punibles
- Artículo 111. Oficiosidad
- Artículo 112. Obligatoriedad de la queja
- Artículo 113. Exoneración del deber de declarar y de formular queja
- Artículo 114. Faltas de militares retirados del servicio activo
- Artículo 115. Terminación del procedimiento
- Artículo 116. Reserva de la actuación disciplinaria
- Artículo 117. Factor de conexidad
- Artículo 118. Ruptura de la unidad procesal
- Artículo 119. Concurso de faltas disciplinarias
- Artículo 120. Causales de recusación y de impedimento
- Artículo 121. Procedimiento en caso de impedimento o recusación
- Artículo 122. Improcedencia de impedimento y recusación
- Artículo 123. Intervinientes en el proceso disciplinario
- Artículo 124. Derechos del investigado o presunto infractor
- Artículo 125. Clasificación
- Artículo 126. Notificaciones
- Artículo 127. Notificación personal
- Artículo 128. Notificación por edicto
- Artículo 129. Notificación por estado
- Artículo 130. Notificación en estrados
- Artículo 131. Notificación por conducta concluyente
- Artículo 132. Comisión para notificar
- Artículo 133. Términos procesales
- Artículo 134. Prórroga
- Artículo 135. Suspensión de términos
- Artículo 136. Renuncia a términos
- Artículo 137. Recursos y su formalidad
- Artículo 138. Oportunidad para interponerlos
- Artículo 139. Ejecutoria de las providencias
- Artículo 140. Reposición
- Artículo 141. Apelación
- Artículo 142. Procedencia e interposición del recurso de queja
- Artículo 143. Sustentación del recurso de queja
- Artículo 144. Requisitos
- Artículo 145. Desistimiento de los recursos
- Artículo 146. Consulta
- Artículo 147. Competencia
- Artículo 148. Causal de revocatoria de los fallos sancionatorios
- Artículo 149. Revocatoria a solicitud del sancionado
- Artículo 150. Requisitos para solicitar la revocatoria de los fallos
- Artículo 151. Efecto de la solicitud y del acto que la resuelve
- Artículo 152. Legalidad de la prueba
- Artículo 153. Prueba para sancionar
- Artículo 154. Petición de pruebas
- Artículo 155. Libertad de prueba
- Artículo 156. Apreciación integral de las pruebas
- Artículo 157. Comisión para práctica de pruebas
- Artículo 158. Prueba trasladada
- Artículo 159. Inexistencia de la prueba
- Artículo 160. Nulidades
- Artículo 161. Declaratoria de oficio
- Artículo 162. Nulidad de providencias
- Artículo 163. Solicitud
- Artículo 164. Procedencia
- Artículo 165. Levantamiento de la suspensión y efectos de la medida
- Artículo 166. Indagación preliminar
- Artículo 167. Fines de la indagación preliminar
- Artículo 168. Facultades en la indagación preliminar
- Artículo 169. Versión libre y espontánea
- Artículo 170. Duración y límites
- Artículo 171. Terminación de la indagación preliminar
- Artículo 172. Revocación del auto que ordenó el archivo de las diligencias en la indagación preliminar
- Artículo 173. Procedimiento abreviado
- Artículo 174. Autoridad competente para ordenar la investigación
- Artículo 175. Aviso
- Artículo 176. Validez de la actuación en traslado de competencia
- Artículo 177. Apertura de investigación
- Artículo 178. Nombramiento del secretario
- Artículo 179. Término
- Artículo 180. Facultades del funcionario de instrucción
- Artículo 181. Versión libre y espontánea
- Artículo 182. Estudio y evaluación de la investigación
- Artículo 183. Archivo definitivo
- Artículo 184. Formulación de cargos
- Artículo 185. Término para presentar descargos
- Artículo 186. Renuencia a presentar descargos
- Artículo 187. Juzgamiento del ausente
- Artículo 188. Variación del auto de cargos
- Artículo 189. Término probatorio
- Artículo 190. Término para fallar
- Artículo 191. Requisitos del fallo
- Artículo 192. Recurso y consulta
- Artículo 193. Competencia y término para la segunda instancia
- Artículo 194. Ejecución de la sanción
- Artículo 195. Anotación y registro
- Artículo 196. Lapsos no laborados
- Artículo 197. Vigencia de antecedentes disciplinarios
- Artículo 198. Vigencia y derogatoria
Otras regulaciones
Se autoriza la emisión de la estampilla La Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de labor Se exalta la vida y obra de tres grandes poetas afrocolombianos Se categoriza al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios Se reconoce como Patrimonio Cultural de la Nación al Festival Nacional de la Cumbia José Barros de El Banco- Magdalena Segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armadoMejores juristas





Cordial saludo,
A su pregunta: "Buena tarde, en que articulo dice los elementos que debe dotar el ejercito a los soldados durante la movilización a otra base. Gracias"
Respondemos: No están prescritos por la ley, sino por las reglas de la experiencia y la lógica, es decir, depende de la desición que tomen los superiores siempre que sea en procura del bienestar de los soldados y el cumplimiento de los objetivos.
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Buena tarde, en que articulo dice los elementos que debe dotar el ejercito a los soldados durante la movilización a otra base. Gracias
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