El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares Artículo 65 Colombia
El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
Artículo 65. Circunstancias de agravación
Son circunstancias de agravación las siguientes:1. Cometer la falta con el concurso de otras personas o en complicidad con el subalterno.
2. La ostensible preparación de la falta.
3. Cometer la falta aprovechando la confianza que el superior le hubiere dispensado.
4. Cometer la falta para ocultar otra.
5. La reincidencia de la conducta.
6. La jerarquía y mando que ejerza el funcionario.
7. Cometer la falta en el desempeño de operaciones de restablecimiento del orden público, conflicto armado o calamidad pública.
8. Cometer la infracción encontrándose el personal en comisión en el exterior.
9. Cometer la falta por motivos innobles o fútiles.
10. Lesionar derechos fundamentales constitucionales.
11. Perturbar gravemente el servicio con el hecho.
12. Cometer la falta con utilización indebida de armas.
CORRECTIVOS.
Colombia Art. 65 El reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
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Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.
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Debe asistri el revisor fiscal a la reunion de empalme del consejo de administracion?
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